domingo, 15 de noviembre de 2009

COLOMBIA INVADIDA


Cuando los insurgentes pusieron en fuga a los ocupantes extranjeros el 7 de agosto de 1819 en Boyacá, marcan la fecha cimera de Colombia. El 3 de noviembre de 1903, cuando tropas de Estados Unidos invaden Panamá, y el 30 de octubre de 2009, cuando Uribe firma el convenio en virtud del cual Estados Unidos invade el resto de Colombia, señalan sus peores abismos. Sondeemos su profundidad.

INVASOR NARCOTRAFICANTE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO

Ridículo resulta que el numeral 1 del artículo III del mencionado convenio sostenga que la instalación de bases se hace “de conformidad con los acuerdos bilaterales y multilaterales pertinentes de los cuales Colombia y los Estados Unidos sean parte, en particular aquellos atinentes a la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo y con sujeción al ordenamiento jurídico de cada una de las Partes”. Para ello tropas de Estados Unidos ocupan Colombia, pero ni un solo soldado colombiano ocupa Estados Unidos, la mayor potencia terrorista, traficante y consumidora de drogas del planeta.

INVASOR ACABA CON IGUALDAD SOBERANA, INTEGRIDAD TERRITORIAL Y NO INTERVENCIÓN

Insolente es que el numeral 4 del artículo III del convenio disponga que éste se cumplirá “de manera que concuerde con los principios de la igualdad soberana, la integridad territorial y la no intervención en asuntos internos de otros Estados”. Todos estos principios se violan cuando un Estado ocupa otro, declara sus tropas inmunes a las leyes del país invadido, crea en él redes comunicacionales autónomas, sujeta a control militar el territorio de éste y ejecuta todo tipo de operaciones bélicas en él y contra Estados limítrofes.

INVASORES DOTADOS DE INMUNIDAD DIPLOMÁTICA

El numeral 1 de Artículo VIII pauta que “Colombia otorgará al personal de los Estados Unidos y a las personas a cargo los privilegios, exenciones e inmunidades otorgadas al personal administrativo y técnico de una misión diplomática, bajo la Convención de Viena”. Pero la Convención de Viena se refiere específicamente al personal administrativo y técnico de una misión diplomática, y es violación de ella pretender conferir dichos privilegios, exenciones e inmunidades a personal que no ejerce funciones diplomáticas sino militares, y que, según el artículo XV del convenio, usa uniformes castrenses y porta armas.

INVASORES SOSPECHOSOS DE ACTIVIDAD CRIMINAL

Por si cupiera alguna duda, según el numeral 3 de dicho artículo VIII , “Colombia garantizará que sus autoridades verificarán, en el menor tiempo posible, el estatus de inmunidad del personal de los Estados Unidos y sus personas a cargo, que sean sospechosos de una actividad criminal en Colombia y los entregarán a las autoridades diplomáticas o militares apropiadas de los Estados Unidos en el menor tiempo posible”. Dicha norma confiesa que se busca garantizar la impunidad para militares estadounidenses “sospechosos de una actividad criminal en Colombia”. Tal privilegio viola la igualdad ante la Ley consagrada en el artículo 13 de la Constitución de ésta, así como la soberanía de jurisdicción de sus tribunales al impedirles decidir sobre una “actividad criminal en Colombia” y promueve la comisión de hechos delictivos por los invasores. Pero no se confiere igual impunidad para militares colombianos que cometan delitos en Estados Unidos.

INVASOR EMPLEA COMO GESTORES A LOS INVADIDOS

Según el artículo XIII, Colombia asume el costo de los servicios públicos que requieran los invasores, y según el XIV “Los Estados Unidos, el personal de los Estados Unidos, los contratistas de los Estados Unidos y los empleados de los contratistas de los Estados Unidos que estén llevando a cabo actividades en el marco del presente Acuerdo, recibirán de las autoridades colombianas toda la colaboración necesaria con respecto a la tramitación sin demora de todos los procedimientos administrativos”. Tenemos así al Estado de la Hermana República convertido en gestor de los trámites de las fuerzas de ocupación. Además, en el artículo XX entrega a EEUU el derecho de crear un nuevo sistema comunicacional de radio y televisión “sin trámite o concesión de licencias y sin costo alguno”.

INVASOR SE APODERA DEL APARATO COMUNICACIONAL

Según el artículo XX, Estados Unidos puede crear su propio sistema de comunicaciones en Colombia “sin trámite o concesión de licencias y sin costo alguno”. Asimismo, “podrán establecer estaciones receptoras por satélite para la difusión de radio y televisión, sin trámite o concesión de licencias y sin costo alguno para los Estados Unidos”. Así, Colombia cede su derecho sobre el espectro radioeléctrico y las telecomunicaciones en su territorio, y autoriza a los invasores a crear un sistema comunicacional paralelo.

INVASOR NO PAGA IMPUESTOS

Según el numeral 1 de artículo X, “Colombia exonerará a los Estados Unidos y a los contratistas de los Estados Unidos, salvo los ciudadanos colombianos y los extranjeros con residencia permanente en Colombia, de todas las tarifas, aranceles, impuestos y demás tributos que de otra forma se gravarían en Colombia, por la importación, adquisición y utilización de bienes en Colombia y sobre los fondos que se utilicen en Colombia para las actividades que se efectúen de conformidad con el presente Acuerdo”. Esta cláusula aniquila la soberanía tributaria colombiana, que consiste en el derecho inalienable de establecer y cobrar impuestos por actividades económicas realizadas en su propio territorio. Avergüenza señalar que, con anuencia del Tribunal Supremo, el infame Tratado contra la Doble Tributación entre Estados Unidos y Venezuela dispone una similar abdicación de la potestad de Venezuela de cobrar tributos a las empresas y ciudadanos estadounidenses que desempeñen actividades económicas en nuestro país ¿Somos acaso un país ocupado? ¿O Estados Unidos nos impone su voluntad sin necesidad de ocuparnos?

INVASOR NO ESTÁ SOMETIDO A TRIBUNALES

Según el Artículo XXIV, si hay desacuerdos sobre aplicación del convenio “Las controversias no se remitirán a ninguna corte o tribunal nacional o internacional u organismo similar ni a terceros para su resolución, salvo acuerdo mutuo entre las Partes”. Mediante este artículo, Colombia abdica el soberano derecho de resolver con sus propios tribunales las controversias sobre sus contratos de interés público. Recordemos que una sentencia del Tribunal Supremo de Venezuela anula la soberanía jurisdiccional de nuestro país al sostener que las controversias sobre nuestros contratos de interés público pueden ser decididas por tribunales u órganos arbitrales extranjeros, como sucede con el de la EXXON ¿Somos acaso un país ocupado?


¿O algunas autoridades nos consideran un país ocupado?Decidámoslo.


PD: Me dicen que mi libro Socialismo del Tercer Milenio no se encuentra en las librerías, posiblemente porque está agotado. Se lo puede bajar gratuitamente de http://www.monteavila.gob.ve/


PDD: EL HIT PARADE DE LOS MATAVOTOS: Este blog no se pudo publicar a tiempo porque CANTV, que cobra tarifa completa por el servicio de ABA, lo presta cuando se le ocurre y lo interrumpe cuando le da la gana. Es de pensar lo que sería ese capricho en caso de una eventual invasión a Venezuela.

5 comentarios:

valentinarevisionista dijo...

Luis se te olvido, que este tratado condena a Colombia para siempre, ningún gobierno a posteriori puede romper este contrato. Adiós COLOMBIA SOBERANA

Claudia Hernández dijo...

Realmente es preocupante. Acá dejo un link que escuché hace un par de días en el quizá, más interesante programa de radio español: La Rosa de lo vientos
Con inteligencia y cifras en mano, confronta en su espacio "La cara B" de este reciente y peligroso conflicto. Se pueden descragar en podcast.

http://larosadelosvientosporsecciones.wordpress.com/2009/11/25/la-cara-b-%E2%80%93-venezuela/

luis britto garcía dijo...

Querida Claudia Hernández:Gracias por los informes sobre el conflicto. No te contesté antes porque no dominaba el mecanismo de respuestas del blog. Bueno, la suerte de todos depende de un conflicto que ninguno de los dos pueblos quiere. Espero que sobrevivamos, y sobre todo tú, que tienes más tiempo de vida por delante. Luis Britto

luis britto garcía dijo...

Querida Valentina Revisionista: Teóricamente el Tratado durará diez años, pero que un gobierno lo denuncie equivaldrá a una declaratoria de guerra a la mayor potencia militar del mundo. En la práctica, como dices, será eterno. Luis Britto

Lobo_Solitario dijo...

Ya es hora de que pongamos a raya a esa elite entreguista. Debemos comenzar a hacer el boicot a Colombia en serio y exigir castigo para los militares venezolanos corruptos que permitan el paso de mercancías y artículos de primera necesidad hacia territorio Colombiano, hasta que detengamos esa traición y peligro potencial, de igual forma debemos exigir a nuestras Fuerzas Armadas el armarse y acelerar discretamente el llamado para conformar nuestra milicia de ciudadanos. Suiza es uno de los países con menor índice de criminalidad del mundo. Sugiero a los lectores averiguar las razones.
Un abrazo fraterno.-