viernes, 4 de septiembre de 2020

EL DESTINO DE PDVSA


LUIS BRITTO GARCÍA


1
El mundo se sigue moviendo con hidrocarburos. Los países de la OPEP poseen el 81,5 % de las reservas; los países productores no integrados en la OPEP apenas el 18,5% de ellas. Venezuela tiene el 24,8% de las reservas de la OPEP: más que el total de aquellas de las que disponen los productores no OPEP. Estas magnitudes difícilmente se modificarán: mientras la demanda sube en forma persistente, baja el número de descubrimientos de reservas y la cuantía de éstas: para 2012 hubo 2.478 nuevos descubrimientos con 30 millardos de barriles; para 2017, apenas 555 nuevos hallazgos, con sólo 6,7 millardos de barriles. Vamos hacia un mundo en el cual los hidrocarburos serán cada vez más escasos y valiosos. Desprenderse del control sobre la explotación de la más importante reserva global de ellos sería el más grave error político, social, económico y estratégico del siglo XXI.

2
Para empujarnos a cometer ese error los imperios asestan todos sus arsenales. Desde insistentes campañas para acusar al oro negro de todos nuestros males (“el excremento del Diablo”; “el Minotauro del petróleo”), hasta la fábula de que ya no tiene valor, de que el mercado está inundado, de que los productores deben pagar para que se lo lleven de sus depósitos. Desde persistentes intentonas de golpe de Estado e invasión militar, hasta la tentativa de quebrar a las empresas productoras con un dumping que a partir de 2015 inundó al mercado con la reactivada producción de Irak, el levantamiento del cerco contra el petróleo iraní; la sobreproducción de Arabia Saudita para comprar armamento, y sobre todo el desesperado intento de Estados Unidos por lograr la autonomía energética mediante el fracking de esquistos y lutitas a costa de la destrucción de su medio ambiente. Señalé que dicho diluvio de petróleo barato no era sostenible, porque implicaba la quiebra de las principales productoras no OPEP, cuyo costo de producción ronda los setenta dólares por barril, y en efecto no tardó éste en colocarse de nuevo por encima de la cota de los cien dólares.

3
A tales ofensivas añade el imperialismo una constante agresión contra las empresas petroleras estatales para: 1) Desacreditar su necesidad y la competencia del sector público para gerenciarlas 2) Sabotear su capacidad productiva y cargarlas de deudas que las hagan parecer inviables 3) “Salvarlas” comprándolas a precios irrisorios para rematarlas al mejor postor o recuperarlas para obtener beneficios escandalosos a costas del público y del país. Estas estrategias operan a veces con la complicidad de políticos locales o funcionarios internos. Todavía no hay un informe completo y concluyente que establezca la responsabilidad de cada uno de estos factores en el proceso que llevó a Petróleos de Venezuela S.A. de una producción de 3.254.000 barriles diarios en 2007, a otra de 335.000 barriles en 2020.

4
A gallina de los huevos de oro en aprietos nunca faltan degolladores. En la entrega 42 de sus Crónicas en Cuarentena, Juan Martorano denuncia que “La reestructuración de PDVSA planteada por todos los expertos de Guaido propone en esencia una privatización de la industria, mas no de la empresa. Es decir su plan se basa en quitarle a la empresa su rol activo y por lo tanto el control y el componente político para así limitar sus poderes”. Su plan se resume en “privatización, inversión extranjera y menos o ninguna regulación estatal de la industria. La gente de Guaido propone remover el elemento político, es decir transferir nuestra soberanía a las potencias extranjeras bajo la cobertura de la privatización haciendo de nuevo a Venezuela un peón del juego geopolítico de los poderes facticos y en particular de los EEUU”.


5
Al respecto, circula en internet desde marzo de 2020 una PROPUESTA DE REESTRUCTURACIÓN PETROLEOS DE VENEZUELA S.A. sin firmas de personas o funcionarios que se responsabilicen por ella, suscrita por una “Dirección Ejecutiva de Planificación”, pero no por la Presidencia de la estatal. (http://petroleumag.com/wp-content/uploads/2020/04/W20-428-PDVSA-reestructuracion-11.pdf. ) La anónima “Propuesta” usa en forma intensiva y exhaustiva la palabra “negocios” para referirse a las actividades de PDVSA, hasta completar 39 menciones. También emplea en forma generosa términos en inglés, tales como “governement take” para aludir a la participación del Estado, la cual debe ser llevada “a un monto lo suficientemente atractivo para la inversión privada”, es decir, disminuida. A tal fin, se ordena para las empresas mixtas participantes la amnistía tributaria para los grandes capitales propia de todo plan neoliberal: “• Reducción permanente de la Regalía y del Impuesto Sobre la Renta, • Eliminación definitiva de la Contribución Especial sobre Precios Extraordinarios y Exorbitantes, • Eliminación definitiva de Impuestos y Contribuciones Marginales, • Regulación por Ley de los Impuestos Municipales”. ¿De qué nos serviría entregar el tesoro de los hidrocarburos a empresas que no pagaran impuestos?

6
La “Propuesta” anónima además exige la “modificación del artículo 22 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos”, el cual pauta que “Las actividades primarias indicadas en el artículo 9 de esta Ley, serán realizadas por el Estado, ya directamente por el Ejecutivo Nacional o mediante empresas de su exclusiva propiedad”. Pues el citado artículo 9 dispone que “Las actividades relativas a la exploración en busca de yacimientos de los hidrocarburos comprendidos en esta Ley, a la extracción de ellos en estado natural, a su recolección, transporte y almacenamiento iniciales, se denominan actividades primarias a los efectos de esta Ley. De conformidad con lo previsto en el artículo 302 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las actividades primarias indicadas, así como las relativas a las obras que su manejo requiera, quedan reservadas al Estado en los términos establecidos en esta Ley”. La propuesta derogatoria de este artículo permitiría excluir al Estado y las empresas de su exclusiva propiedad de la exploración, recolección, transporte y almacenamiento de hidrocarburos.


7
La anónima “Propuesta” asimismo exige derogar el artículo 57 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, según el cual la comercialización de éstos sólo podrá ser ejercida por empresas “de la exclusiva propiedad del Estado para realizar las actividades establecidas en esta Ley y adoptar para ellas las formas jurídicas que considere convenientes, incluida la de sociedad anónima con un solo socio”. De derogarse dicha norma, la comercialización podría ser ejercida, no sólo por empresas que no sean de la exclusiva propiedad del Estado, sino por empresas de la exclusiva propiedad de particulares. Se entregaría así a capitalistas privados la comercialización, la fase más rentable de la explotación de hidrocarburos. La exploración, la explotación, la refinación, el transporte, implican riesgos y exigen pesadas inversiones. La comercialización se reduce a vender un producto ya elaborado por otros y cobrar por él un precio superior al que se pagó por obtenerlo. Hasta el presente han sido inútiles los esfuerzos del Estado por regular o moderar los precios que el sector privado impone a la ciudadanía. Nada autoriza a pensar que un sector privado distribuidor de hidrocarburos sería la excepción.

8
Cada párrafo de las propuestas destinadas a entregar la industria de los hidrocarburos al capital privado debe ser minuciosamente analizado por cada constituyente, cada candidato a diputado, cada venezolano. El destino de PDVSA es el de todos. No incurramos en el más grave error político, social, económico y estratégico del siglo XXI.



TEXTO/FOTOS: LUIS BRITTO

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VERSIÓN

TAREAS PARA UNA CONSTITUYENTE




LUIS BRITTO GARCÍA

1
Tres años lleva de elegida la Soberana Asamblea Nacional Constituyente; anuncia el Presidente Maduro que sus sesiones concluirán en diciembre. Convocada ante todo para manifestar el consenso popular contra la oleada terrorisra que entonces devastaba al país, la Constituyente tuvo el efecto de un balde de agua fría sobre el gamberrismo político que intentaba pasar por oposición.

2
Sin embargo, una Constituyente es más que un apagafuegos contra desórdenes callejeros. Es, o debe ser, la manifestación de la voluntad del soberano. Se la convoca para sancionar una nueva Constitución, o para enmendar los errores que como toda obra humana puede contener la Carta Magna en vigencia.

3
Sobre la primera tarea, de creer a los avisos oficiales no parece que hubiera una nueva Constitución en puertas. Circuló un alarmante proyecto de una desconocida Fundación Jorge Rodríguez, que comenzaba en su primer artículo eliminando la soberanía de nuestro país al omitir el componente fundamental de ésta, la Inmunidad de Jurisdicción, el derecho y deber de Venezuela de resolver las controversias de interés público con sus propios tribunales y según sus propias leyes. A la crítica del anónimo y atroz texto dediqué un libro, El Proyecto Secreto de Constitución, que puede ser bajado del portal http://www.desdelpatio.org/britto. Diosdado Cabello declaró que no conocía el mencionado proyecto. Le creo. No concibo un Constituyente, un bolivariano, un venezolano que intente anular la soberanía de su país despojánjdolo de la inmunidad de jurisdicción. Pero sí que falsos constituyentes, falsos bolivarianos, falsos venezolanos conspiren en tal sentido. Alerta.

4
La mejor guía para perfeccionar las normas que nos rigen son las “Ideas fundamentales para la Constitución Bolivariana de la V República”, dirigidas por el Comandante Hugo Chávez Frías a la Soberanísima Asamblea Nacional Constituyente en septiembre de 1999. Propuso Chávez que constara en la Constitución que“la República se reserva el derecho de defender las actividades económicas de su empresa nacional”. Inexplicablemente los redactores del artículo 301 de la Constitución de 1999 desautorizaron de plano al Comandante al insertar un añadido fraudulento según el cual “la inversión extranjera está sujeta a las mismas condiciones que la inversión nacional”. Si las ventajas para la inversión extranjera han de ser las mismas que para la nacional, es obvio que será imposible proteger esta última. Aunque usted no lo crea, hubo constituyentes que contrabandearon semejante anticipo del ALCA en la Constitución Bolivariana. Esa intrusión debe ser eliminada, para que podamos proteger la industria nacional, sea privada o socialista.


5
Recomendó Chávez que en la Constitución de 1999 se insertara una norma que “considera nula y no escrita cualquier cláusula que como consecuencia de compromisos tecnológicos, comerciales, educativos o de cualquiera otra índole, condicione o limite la potestad soberana de la República para legislar y adoptar medidas en materia económica”. Una mano misteriosa rasgó y arrojó al tacho de la basura la propuesta de Chávez. No hay excusa para que esta fundamental iniciativa no sea incluida en el nuevo texto constitucional.

6
Lucharon toda su vida Bolívar, Cipriano Castro y Hugo Chávez Frías contra la doctrina vendepatria según la cual las controversias sobre asuntos de interés público de Venezuela deben ser resueltos por Tribunales, Juntas Arbitrales o Cortes de otros países. En 1902 Inglaterra, Alemania e Italia bloquearon, invadieron y cañonearon Venezuela intentando imponer esa abominación. Y sin embargo, dispone el artículo151 de la Constitución vigente, que: “En los contratos de interés público, si no fuere improcedente de acuerdo con la naturaleza de los mismos, se considerará incorporada, aun cuando no estuviere expresa, una cláusula según la cual las dudas y controversias que puedan suscitarse sobre dichos contratos y que no llegaren a ser resueltas amigablemente por las partes contratantes, serán decididas por los tribunales competentes de la República, de conformidad con sus leyes, sin que por ningún motivo ni causa puedan dar origen a reclamaciones extranjeras”. ¿Quién define esa “improcedencia”? ¿Quién decide esa “naturaleza de los mismos” que permitiría a jueces extranjeros decidir sobre el orden público interno venezolano interpretando leyes extranjeras? Hasta ahora, los funcionarios vendepatrias. En vano Hugo Chávez Frías y el gobierno que presidía nos retiraron del Centro Internacional de Arreglo sobre las Inversiones y de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, para evitar que nuestro país fuera arrastrado ante un tribunal de linchamiento. En vano la entonces canciller Delcy Rodríguez asumió la decisión patriótica de retirarnos de la Organización de Estados Americanos, que pretendía juzgar y condenar a la soberana República de Venezuela como a un reo. Y sin embargo, funcionarios acomodaticios o ignorantes siguen sometiéndonos a la sentencia insolente del extranjero. Más grave que el atropello del mercenario foráneo es el del juez forastero.

7
Corresponde al supremo poder soberano de la Constituyente, además, consolidar y definir los términos del proyecto socialista de Venezuela; dictar normas drásticas que controlen la hiperinflación y protejan el valor y el monto del salario; pautar sistemas de control previo, concomitante y posterior de la administración pública central, estadal, municipal, misional y comunal, fundados en la verificación del cumplimiento de metas y objetivos programados que hagan imposible la corrupción; dictar eficaces leyes de emergencia que rescaten para el proyecto socialista algunas de nuestras industrias básicas en situación precaria; regular y someter a escrutinio público la materia de las concesiones sobre recursos naturales. Para altas misiones, elevados desempeños. Decía Chávez que el llanero es del tamaño del desafío que se le presenta. Que no quede la Constituyente por debajo del reto que enfrenta.

texto/FOTOS LUIS BRITTO

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UN TRIBUNAL EXTRANJERO NOS ARREBATA GUAYANA






luis Britto García

Acuerdos, oro y usurpaciones

En 1841 Venezuela instruye a su representante diplomático Alejo Fortique para que demande el cese de la usurpación ante el gobierno británico, el cual accede a retirar postes y otras marcas de la supuesta demarcación de Schomburgk. Posteriormente, en 1850, se establece un acuerdo entre nuestro representante, Vicente Lecuna, y el Encargado de Negocios de su Majestad Británica, Belford Hinston Wilson, por el cual ambos países se comprometen a no ocupar la zona comprendida entre dicha demarcación y el río Esequibo.

A pesar de protestas y acuerdos, la usurpación continúa sin interrupciones. Su operativo es denunciado por R.R. Hermoso, director del colegio San Luis, en nota en la que informa al gobierno del cumplimiento del decreto de 1882 que prohíbe usar el libro de E. Contambert, Pequeño Atlas de Geografía Moderna, París, Librería Hachette y Cia., 1880, en el cual se acogen las líneas fronterizas trazadas por Schomburgk. Hermoso afirma que conoce “todo el terreno entre nuestra Guayana y la inglesa”, en el cual tiene descendencia, y denuncia que el método de usurpación inglés: “es avanzar la fundación de un vecindario, que mantienen sin autoridad alguna hasta pasados dos años, en cuyo término ponen las autoridades y erigen un templo” (Berrueta, 2015, 10). Meritorio es el decreto de Guzmán Blanco que prohíbe mapas violatorios de nuestras fronteras, pero se echa de menos una política de ocupación territorial venezolana similar o superior a la que denuncia Hermoso de parte de los ingleses.

La situación se agrava desde 1852, cuando se descubren ricos yacimientos de oro en la región, lo cual propicia una invasión de mineros de la colonia inglesa; las autoridades de ésta incursionan repetidamente en territorio venezolano y pretenden adjudicarse El Dorado, Guasipati y El Callao, lo cual determina que a la postre el gobierno de Antonio Guzmán Blanco rompa relaciones con Gran Bretaña en 1887.

La batalla del Cuyuni

En 1895 fuerzas policiales de la colonia inglesa al mando del inspector Barnes invaden Venezuela por el río Cuyuni, y se instalan en un puesto militar venezolano abandonado. De inmediato el general Domingo Antonio Sifontes envía al capitán Andrés Avelino Domínguez, quien tras victorioso combate recupera el enclave y lleva prisioneros a Barnes y otros invasores a Ciudad Bolívar. Todavía más, Sifontes envía colonos venezolanos al Alto Cuyuni, para demostrar que los invasores ingleses estaban en territorio venezolano, y comunica al Ministerio de Relaciones interiores que "Venezuela no ha reconocido la ocupación de la margen derecha del Cuyuní; ha protestado contra ella; por consiguiente, no aceptándola, no hay motivo para privarse de hacer uso de dicha margen para todo lo que juzgue conveniente”(Sureda Delgado,1980, 39).

El desafuero de la invasión del Cuyuni es tan flagrante, que Gran Bretaña no se atreve a retaliar directamente, pero arranca una ofensiva en múltiples niveles contra Venezuela. Por un lado, en 1880 inicia el tendido de una línea de telégrafos en la zona en disputa y coloca dos cañoneras cerca de la desembocadura del Orinoco. En 1885 apoya el movimiento secesionista en el Zulia de Venancio Pulgar, cuyas expediciones invasoras zarpan de la colonia británica de Trinidad y a ella regresan una vez derrotadas.

Estos desmanes impulsan al embajador en Washington, Simón Camacho, a solicitar la intervención de Estados Unidos. El mismo Antonio Guzmán Blanco viaja por Washington en 1884 para solicitar una alianza contra toda invasión extranjera, a cambio del compromiso de no emprender una guerra sin autorización de Estados Unidos y de la libre navegación estadounidense por todos los ríos y lagos del sistema del Orinoco (Pérez Rescaniere, 2011, 209). La petición no es acogida, pero de todos modos Guzmán avanza una política de alentar la inversión económica estadounidense en la región, como medio de desalentar la agresión británica. Según señala Gerónimo Pérez Rescaniére:
Guzmán no se queda en palabras. Reparte a ciudadanos norteamericanos concesiones en la zona limítrofe con Guayana, igual abarcan hierro que maderas finas a granel. La concesión de Manoa consta en total de doce millones de hectáreas, lo que significa todo el territorio federal Delta Amacuro –que se crea para favorecer el negocio- y parte del Estado Bolívar e incluso parte del territorio en disputa (Pérez Rescaniere, 2011,110).


La fiebre del oro

En marzo de 1886, ante la confirmación de la existencia de oro en la cuenta del Cuyuni, la colonia inglesa invade la cuenca de dicho río. Venezuela exige la evacuación de los incursores del territorio ocupado entre el Amacuro y el Pomerón antes del 20 de febrero de 1887, en enérgica nota donde advierte que: “si esto no se hace para entonces, y si además no se acompaña con la desocupación, la aceptación del arbitramento como medio de decidir el pendiente litigio de límites, quedarán rotas las relaciones diplomáticas de los dos gobiernos, y se levantará una protesta que ponga a salvo los derechos de Venezuela contra procederes que no podía esperar de una potencia con quien siempre se ha esmerado de cultivar la más amistosa inteligencia y franco trato” (Rojas, 1965, 22). El gobierno británico no accede, y la ruptura de relaciones queda consumada.
En este Estado de la controversia, comete Venezuela su error fatal: en lugar de hacer respetar su territorio mediante acciones puntuales, como la expulsión de los invasores del Cuyuni por el general Domingo Antonio Sifontes y el capitán Andrés Avelino Domínguez, ante la cual Inglaterra no se atrevió a responder, pasa a renunciar a la inmunidad de jurisdicción, sin la cual no existe soberanía, confiando a tribunales extranjeros la resolución de un problema de orden público interno. Por esa vía perdió Venezuela la Guayana Esequiba, y lo perderá todo, si se sigue sometiendo a ella.

TEXTO/FOTOS: LUIS BRITTO


domingo, 16 de agosto de 2020

QUIEN POSEA GUAYANA DOMINARÁ VENEZUELA


LUIS BRITTO GARCÍA


Dominarán a toda Venezuela

El Imperio Británico opera a conciencia. Su Cónsul en Venezuela, Daniel Florencio O´Leary, quien había sido edecán del Libertador, escribe al gobernador de Guayana Británica, Henry Light, refiriéndose a la zona de Punta Barima, en el Esequibo: "Respecto de la importancia de este territorio, es incuestionable y no puede haber la menor duda. Quizás no haya en el continente sudamericano una posición más valiosa, sea desde el punto de vista militar, político o comercial, que el de Barima. Domina la boca principal del Orinoco y en consecuencia el comercio del noble río y sus grandes tributarios el Apure y el Meta que unen el Occidente de la República y las provincias orientales de Nueva Granada. En un periodo futuro los poseedores de la Guayana que bordea el Orinoco dominarán a toda Venezuela y ejercerán una gran influencia en Nueva Granada, pero a su vez, ellos vendrán a ser controlados por cualquier potencia marítima que esté en posesión de Punta Barima. Gran Bretaña, que ya es señora de Trinidad y Guyana Británica parece que necesita del Barima para completar sus posesiones en esta parte del mundo"(Torrealba, 2003, 91)
Y a partir de entonces, Gran Bretaña usa a su colonia como instrumento para “completar sus posesiones”. Al aliciente del dominio sobre Venezuela se une el de que el Orinoco sería el primer tramo de una vía fluvial que, mediante canales factibles, conectaría con el Río Negro, el Amazonas, el Paraná y el Río de la Plata, constituyendo una arteria de incomparable importancia estratégica y económica en la región.

Potencias europeas en expansión

A la determinación de la naciente República de Venezuela de proteger su territorio, se opone una segunda fuerza histórica: la ambición de potencias imperiales europeas de expandirse en América Latina y el Caribe para suplantar la declinante dominación española. Inglaterra en particular encuentra tentador conquistar o expandir colonias que, como Trinidad, Tobago o la Guayana Esequiba, le garanticen el disfrute de las riquezas americanas y un estratégico dominio sobre cauces claves como el Orinoco. No sólo adquiere a través del Tratado de 1814 el territorio de 20.000 millas cuadradas que intentaban consolidar los holandeses al Este del río Esequibo; además favorece la acción en éste de traficantes de esclavos y aventureros, y puebla con habitantes hindúes, javaneses y chinos de sus otras colonias. Además, encomienda en 1834 al naturalista prusiano Robert Herman Schomburgk demarcar las fronteras entre su colonia guayanesa y Venezuela.

Los mapas voraces

Tenemos así a un naturalista investido de la misión que no le corresponde de trazar demarcaciones geopolíticas, que sólo revelan una suerte de cronología de la voracidad imperial. El primer mapa de Schomburgk, fechado en 1834, fija los límites de la Guayana Británica en la margen oriental del río Esequivo, y apenas los extiende hacia el occidente de dicho cauce en una pequeña franja costera de 4.290 kms2. En el segundo mapa, trazado en 1839, la línea avanza hacia el territorio venezolano occidental, arrebatándole 141. 930 kms2 (Ojer, 1969).

Extendiéndose a fuerza de alteraciones


El trazado no alega razones históricas, políticas ni sociales: es una simple raya, ¿Por qué debería prevalecer un plano de un naturalista prusiano a sueldo de Inglaterra sobre la colección histórica de mapas de cartógrafos de diversas procedencias que desde el Descubrimiento atribuyen reiterada y unánimemente a Venezuela la soberanía sobre el Esequibo? (Entre muchos otros, el trazado por el holandés Herman Moll en 1732; el que sigue la descripción de la Real Cédula de Carlos III sobre la Capitanía General de Venezuela en 1777; el de Juan de la Cruz Cano y Olmedilla de 1799; la versión del mismo impresa en Londres en 1803 por Francisco de Miranda con patrocinio del Gobierno Británico, en el cual el río Esequibo figura como límite entre la Capitanía de Venezuela y la colonia Holandesa, sin que ello haya suscitado objeciones del patrocinante; el Mapa político de la República de Venezuela delineado por Agustín Codazzi en 1840; el Mapa Físico y Político de los Estados Unidos de Venezuela de Vicente Tejera de 1876; el elaborado por el ingeniero geógrafo F. Bianconi en 1889 (IGVSB (2015). Todos y cada uno de ellos definen sus líneas divisorias de acuerdo con el principio de uti possideti iuris, la posesión continuada y dominio político de Venezuela sobre la región de Guayana hasta el río Esequibo (Tejera.2015, 28-39).
Venezuela nunca ha reconocido ninguna de estas líneas
El avance de la “frontera” expansible inventada por Schomburgk es reseñado en el Mapa Físico y Político de los Estados Unidos de Venezuela (Caracas, Imprenta Bolívar, 1896) que presenta ante el Congreso Nacional el Ministro de Relaciones Exteriores Pedro Ezequiel Rojas, durante el gobierno de Joaquín Crespo. En dicho documento, una leyenda explica: “En 1814 Inglaterra adquirió de los Holandeses unas 20.000 millas cuadradas de tierra en Guayana. De 1839 a 1841 comisionó a Sir Robert Schomburgk, sin conocimiento o anuencia de Venezuela, para trazar una línea que abarcaba cerca de 60.000 millas cuadradas de territorio. Para 1885 dicho territorio había ido extendiéndose a fuerza de alteraciones de la mencionada línea hasta medir 76.000 millas cuadradas. El año siguiente creció de un salto hasta 109.000 millas cuadradas. Venezuela nunca ha reconocido ninguna de estas líneas ni aún como señal de territorio en disputa”(Hernández, 2015, 40).

Los mapas de Schomburgk no representan el límite de un territorio, sino el de las ambiciones colonialistas británicas, que seguirán expandiéndose cartográficamente sobre tierra venezolana con nuevas líneas fronterizas fantasiosas hasta pretender el dominio de Barima y las bocas del Orinoco, y con ellas el de Venezuela y quizá el del gran canal que uniría América del Sur. La multiplicidad de versiones de su elástica demarcación sólo delata la imprecisión de los criterios para fijarla o su tergiversación por las partes interesadas que lo contrataron.

TEXTO/FOTOS: LUIS BRITTO

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domingo, 9 de agosto de 2020

IMPERIALISTAS INGLESES CONTRA GUAYANA


LUIS BRITTO GARCÍA



Estrategia de rapiña

La rapiña de los imperios europeos sobre el Esequibo sigue un método clásico, aplicado en la conquista de Haití y La Española por filibusteros franceses y más tarde en el despojo de más de la mitad del territorio de México por Estados Unidos: 1) Establecimiento ilegal de enclaves 2) Infiltración sistemática de forajidos, marginales o colonos en el territorio ilegítimamente ocupado 3) Aplicación de la fuerza bruta militar y la presión diplomática para dar visos de legitimidad al despojo territorial.

Avanzada hacia el Orinoco

Veamos cómo se erigen enclaves y se infiltran ilegales en nuestra Guayana. La Compañía Holandesa de las Indias Occidentales construye un fuerte en Kykover entre 1616 y 1621, e intenta expandirse por Berbice, Demerara y el río Esequibo. Esta expansión no pasa de las costas, pues por su escasa demografía los Países Bajos en la misma Europa deben importar trabajadores para mantener sus productivas industrias y, según vimos, el Tratado de Munster fija en 1648 el río Esequibo como frontera occidental de la colonia holandesa (Goslinga 1983, 51-111).
. Tal debilidad demográfica es aprovechada por traficantes ingleses, que se infiltran en la misma zona al oeste del río Esequibo, poblándola con esclavos africanos. Aparte de su interés directo en las plantaciones de café y caña de azúcar, los anima la secular codicia por la estratégica dominación de las bocas del Orinoco y el acceso a las legendarias riquezas de la Guayana venezolana. Es interés tan perdurable, que ya en 1796 los ingleses controlan parte de los accesos al territorio Esequibo, y en 1797 se apoderan de Trinidad y Tobago, islas que dominan estratégicamente las bocas del Padre de las Aguas.

Los ingleses suplantan a los holandeses

Toda usurpación busca consagración diplomática. Con la caída de Bonaparte en 1814, en el subsiguiente tratado Anglo Holandés, Holanda renuncia a los territorios ocupados por sus colonias de Demerara, Berbice y Esequibo al Este del río Esequibo, a favor de Inglaterra, autora principal de la derrota del Gran Corso. La extensión que Holanda cede a Inglaterra no pasa de las 20.000 millas cuadradas: todas al Este del río Esequibo. El Congreso de Viena ratifica en 1815 esta asignación. Una vez más potencias europeas pretenden desde el Viejo Continente legitimar ambiciones sobre territorios situados a distancias inconmensurables, sin consultar a sus habitantes.

Soberanía territorial de Venezuela en Guayana

A partir de nuestra Independencia, cuatro procesos históricos operan en la controversia sobre Guayana. El primero, la defensa de la integridad territorial de Venezuela. El segundo, la política de las potencias imperiales de apoderarse de los restos de la dominación española. El tercero, el empleo de instancias internacionales para legitimar despojos territoriales. El cuarto, el uso de la Guayana como prenda o mercancía para consolidar relaciones entre potencias foráneas.

Refirámonos al primero proceso, el de la defensa limítrofe. Al declarar su Independencia, Venezuela reitera su soberanía sobre el territorio de Guayana, ya ocupado durante tres centurias por la dominación española que instituyó la Capitanía General de Venezuela. En la Constitución de 1811 aparecen como integrantes del territorio del cuerpo político las provincias que formaban dicha Capitanía. La Carta Magna de 1819 reitera que el territorio de la República es el mismo que el de la antigua Capitanía General, en los siguientes términos: “El territorio de la República de Venezuela se divide en diez Provincias, que son: Barcelona, Barinas, Caracas, Coro, Cumana, Guayana, Maracaibo, Margarita, Mérida, y Trujillo”. Como vimos, el territorio al occidente del Esequibo es reconocido como frontera de la dominación española desde el Tratado de Munster, en 1648. En el mismo sentido, La Constitución de 1821, que rige la llamada Gran Colombia, en su artículo 5 dispone: “El territorio de la República de Colombia será el comprendido de los límites de la antigua capitanía general de Venezuela, el virreinato y capitanía general del Nuevo Reino de Granada”. Las restantes Constituciones reiteran la continuidad de los límites de la antigua Capitanía General de Venezuela (Cortes, 1971, 206-506).

Sobre este punto de la tradicional integridad territorial, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en Acuerdo de 15 de julio de 2015 dictaminó “que nunca podía, pudo o puede entenderse que era o es susceptible de ocupación legítima el área de tierras situadas al oeste del Río Esequibo, así como tampoco el mar que hace su frente, porque España jamás cedió título para ello y Venezuela nunca reconoció las ocupaciones que, por vías de hecho, el gobierno de la corona británica realizó y, por el contrario, protestó de manera enérgica y constante ante las autoridades británicas y en los foros internacionales (…).
(Directiva del Tribunal Supremo de Justicia, 2015 http://www.tsj.gob.ve)


Bajo jurisdicción y obediencia de nuestras leyes

Mientras, prosigue la tentativa de los imperios de apoderarse de tierras que fueron de la corona Española. Ya en 1821, la nueva República se ve obligada a protestar las continuas invasiones de colonos ingleses a territorio venezolano. Por instrucciones del Libertador, el Ministro venezolano en Londres, doctor José Rafael Revenga, presentó denuncia oficial a las autoridades británicas en los siguientes términos: "Los colonos de Demerara y Berbice tienen usurpada una gran porción de tierra que según los últimos tratados entre España y Holanda nos pertenece del lado del río Esequibo. Es absolutamente indispensable que dichos colonos o se pongan bajo jurisdicción y obediencia de nuestras leyes, o se retiren a sus antiguas posesiones"(Weiss, 1896, 6). Las reclamaciones en tal sentido son innumerables: la falta de respuesta, constante.

En 1824 José Manuel Hurtado, quien sustituye a Revenga, como Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la Gran Colombia dirige una Memoria al gobierno del Reino Unido solicitando el reconocimiento de la Independencia, en la cual puntualiza una vez más que limitamos con el Esequibo: “Este bello y rico país se extiende por el mar del norte, desde el río Esequivo o confines de la provincia de Guayana hasta el río de las Culebras, que la separa de Guatemala” (Rojas, 1965, 6). El gobierno inglés no objeta ni refuta dicha demarcación. No tiene como hacerlo: su único argumento es la usurpación.


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sábado, 1 de agosto de 2020

QUIÉNES PAGAN Y QUIÉNES NO PAGAN IMPUESTOS EN VENEZUELA

Luis Britto García

QUIENES PAGAN Y QUIENES NO PAGAN IMPUESTOS EN VENEZUELA}


Pago con gusto, puntualidad y exactitud los impuestos que corresponden a mis modestos ingresos. Con ese monto también cancelo los que deberían pagar y no pagan o cancelan en proporciones nimias extranjeros y empresas que con nada o muy poco retribuyen los desmesurados beneficios que obtienen en Venezuela. Veamos cómo se forma ese 7% del PIB que corresponde a los impuestos.

QUIÉNES NO PAGAN IMPUESTOS:

En Venezuela no pagan impuestos, o lo hacen en proporción insignificante en relación a sus ingresos:
-Los acreedores de la Deuda Pública, que según el Banco Central de Venezuela llegaba a 110.159 millones de dólares al cierre del primer trimestre de 2019, y que por Ley están exceptuados de cancelar tributos sobre los jugosos intereses que les reportan nuestros puntuales pagos del débito.

-Las personas y empresas extranjeras de una treintena de países beneficiados por los Infames Tratados contra la Doble Tributación, que los eximen de pagar impuestos sobre los beneficios obtenidos en nuestro país, mientras los contribuyentes venezolanos les costeamos la educación y gastos de salud y retiro de sus trabajadores, servicios públicos, medios de transporte, vialidad y seguridad jurídica. Según cálculos del economista Nagib Ayaach, actualizados por Paulino Núñez, por tal concepto dejan de cancelarnos cerca de 17.800 millones de dólares anuales. Entre aquellos a quienes premiamos con tan generoso regalo están países como Estados Unidos, Canadá, Gran Bretaña y España, que desconocen nuestro gobierno legítimo y aplican el dinero que dejan de pagarnos o roban de nuestros depósitos en el exterior para financiar intervenciones, sabotajes, invasiones e intentos de magnicidio. No sólo ponemos la otra mejilla: además de bofetones recibimos estacazos.

-Los exportadores colombianos, liberados por el Acuerdo de Cartagena de pagar aranceles en nuestro país por la introducción de unos 2.000 rubros de mercancías, fraternal gesto al cual corresponde su gobierno prestando el territorio de la Hermana República para entrenamiento de magnicidas, paramilitares y mercenarios estadounidenses invasores de Venezuela.

-Los grandes empresarios que transfieren sus dividendos a “Fundaciones” que, por supuestamente no tener fines de lucro no pagan impuestos y en realidad operan como bancos privados de sus creadores.
-La oligarquía dueña de inmensos patrimonios y propiedades, puesto que sólo a mediados de este año se creó una Ley de Impuesto para los Grandes Patrimonios.

-Los grandes patrimonios cuyos bienes aumentan de valor gracias a la infraestructura y servicios aportados por el Estado (tales como vías de comunicación, saneamiento, energía, seguridad, etc.) y que no cancelan un centavo por estas ventajas privilegiadas, pues nuestro país es uno de los pocos en el mundo donde no hay un "impuesto de plusvalía" o contribución de mejoras.

-Los capitalistas extranjeros y nacionales que transfieren sus ganancias a Paraísos Fiscales inmunes a los impuestos y a cualquier solicitud de información.

-La mayoría de los detallistas, que al vender un producto o servicio no expiden facturas, con lo cual el IVA que cancelamos a veces con extremo sacrificio no va a parar al Fisco, sino a sus sobredimensionados bolsillos.

-Los explotadores de loterías, bingos, casinos, juegos de envite y azar, trata de personas e industrias del vicio afines, fechorías sobre las cuales el control es dudoso y la fiscalización casi imposible.
-Las empresas importadoras, beneficiarias del régimen de exoneración del impuestos y tasas a las importaciones de 3.289 códigos arancelarios o productos hasta el 31 de diciembre de 2020, con el anexo de 77 códigos adicionales que se aprobó en marzo pasado, mediante decreto que las exonera efectivamente de los pagos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto de Importación y Tasa por Determinación.
-La infinidad de asociaciones criminales y personas extranjeras, tales como los garimpeiros, que arrasan ilegal y clandestinamente nuestras riquezas minerales y forestales sin rendir cuentas a nadie.
-Los paramilitares infiltrados, que mediante violencia, contrabando de extracción y tráficos ilegítimos crean enclaves de poder social, económico y político destinados a la destrucción de la República.

-Las empresas extranjeras beneficiadas por el artículo 29 de la Ley de Promoción de la Inversión Directa de 28 de diciembre de 2018 (en realidad, Ley de Promoción y Protección de la Inversión Extranjera) con los siguientes privilegios, -no extensivos a los discriminados venezolanos-: a)Desgravámenes. b)Amortización acelerada. c)Compra de la producción por parte del Estado. d)Bonificación en impuestos. e) Exenciones arancelarias. e)Subsidios. f)Condiciones crediticias especiales. g)Porcentaje preferencial de remesas de utilidades al exterior. h)Acceso preferencial a insumos y/o materias primas administradas por el Estado. Y cualquier otro dispuesto por el Presidente de la República entre ellos, el otorgado por el artículo 31 de ser inmunes por cinco años a las reformas tributarias, a menos que éstas los beneficien. Tales incentivos “tendrán un carácter progresivo de acuerdo al cumplimiento de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión correspondiente”.

En resumen, en Venezuela no pagan o casi no pagan impuestos quienes deberían pagarlos: los grandes capitales que, según el BCV, en 2017 se apropiaron del 50% de todo lo producido en el país, mientras que sólo el 18% de ese producto se destinó a remunerar salarialmente al trabajo, que lo produce todo.

Con razón en la actualidad lo ingresado por impuestos según el SENIAT no supera una magnitud equivalente al 9% del PIB, de los cuales 7% corresponden al IVA, la mayor parte del cual es pagado por la mayoritaria población asalariada –el 95% de la fuerza de trabajo- y sólo el 2% restante corresponde a impuestos sobre la renta, en su mayor parte también pagados por asalariados.


QUIÉNES SI PAGAN IMPUESTOS:

-La totalidad de los asalariados venezolanos que están por encima del nivel mínimo de exención del Impuesto sobre la Renta, el cual les es descontado irremisiblemente por sus patronos. Debiéndose señalar que mientras la unidad tributaria sube constantemente debido a la inflación, el Desgravamen Único permitido y la Base de Exención tienden a permanecer fijos.

-La totalidad de los asalariados venezolanos de cuyo sueldo se descuentan forzosamente cuotas para el Seguro Social Obligatorio, el Seguro de Paro Forzoso, la Ley de Ahorro Habitacional, los diversos Fondos de Pensiones, Montepíos e Institutos de Previsión, las cuotas forzosas de sindicatos y otras "parafiscalidades" que raramente redundan en beneficio de quienes las cancelan.

-Las personas naturales y las jurídicas -en su mayoría pequeñas y medianas empresas nacionales que no gozan de los privilegios otorgados a las extranjeras- que pagan otro conjunto de contribuciones nacionales, estadales y municipales tales como impuestos sobre sucesiones y donaciones, tasas por servicios, patentes, timbres fiscales, derechos de frente que a veces se cobran por la superficie total del inmueble piso por piso, y otros.


-La totalidad de los venezolanos, copropietarios indivisos de las riquezas del subsuelo, cuando el Estado vende esos activos de propiedad del pueblo e ingresa el precio al Fisco denominándolo "renta de hidrocarburos" o "renta minera".

-La totalidad de los venezolanos que pagan el neoliberal Impuesto al Valor Agregado (IVA), que carga 16% sobre el valor de toda compra salvo la de unos pocos productos exceptuados, monto que raramente ingresa al Fisco, pues como señalamos la inmensa mayoría de los detallistas no expiden facturas y se lo guardan, y el control sobre sus ventas es tan inexistente como el que recae sobre los precios de ellas. La cadena de productores e intermediarios se resarce del IVA aumentando inflacionariamente el precio de los bienes, hasta llegar al consumidor, que no puede trasladarlo a más nadie. Hay que añadir que este impuesto debe ser pagado incluso si el contribuyente está exceptuado de cancelar impuesto sobre la Renta por la exigüidad de sus ingresos.

En resumen, pagan el impuesto en Venezuela los asalariados de nacionalidad venezolana, esa mayoría de compatriotas laboriosos y honestos a quienes Arturo Uslar Pietri denominó de manera escabrosa pero certera "pendejos". Mayoría que constituye el 95% de la fuerza de trabajo, produce la casi totalidad del PIB y recibe sólo el 18% de éste por vía de salarios. Y que a diferencia de las empresas, no pueden descontar del impuesto que pagan los gastos “normales y necesarios” para producir su trabajo, tales como alimento, transporte y vivienda, sino excepciones insignificantes para un número limitado de dependientes y medicinas.

Decía Ferdinand Lundberg en The rich and the Super rich que se puede saber cuál es la clase dominante en un sistema porque es la que ha conseguido inmunizarse contra la tributación. El abuso en tal sentido en el mundo capitalista es tan grande, que la organización Oxfam, e incluso multimillonarios como Warren Buffet y el mismo Billy Gates han declarado que los ricos deben pagar más impuestos. “Por eso estoy a favor de un sistema de impuestos en el que, si tienes más dinero, pagas un porcentaje más alto en impuestos. Y creo que los ricos deberían pagar más de lo que pagan actualmente, y eso incluye a Melinda y a mí”, escribe este último en su blog. Sólo neoliberales de quince y último consideran un crimen aumentar los impuestos a los grandes capitales.

Lo que importa es saber si, con elecciones en puerta, es preferible un sistema tributario que privilegie al 5% empresarial, u otro que permita sobrevivir al restante 95% de la fuerza de trabajo.


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domingo, 26 de julio de 2020