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EL MONROÍSMO INTERNO
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En diciembre de 1823 Estados Unidos se autonombra
guardián contra nuevas injerencias o adquisiciones de territorio por potencias
ajenas al continente americano, con la
precisa intención de reservárselo para sí mismo.
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Apropiarse la
mitad del Nuevo Mundo invadiéndolo con fuerzas de ocupación hubiera sido incosteable;
así como imposible negar indefinidamente
la concesión de derechos para los pueblos sometidos. La mejor solución para todos los Imperios que en el mundo han sido es la de hacerse obedecer mediante
autoridades locales títeres o cipayas, que presenten como voluntad nacional los
mandatos foráneos.
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Así, se puede
añadir un cuarto corolario a la mencionada doctrina: el del Monroismo
Interno. Tantas tropelías y abominaciones no hubieran podido imponerse en
nuestros países sin la incondicionalidad de una Quinta Columna que opera de manera disfrazada,
oculta, firme, inalterable y consecuente en contra de Nuestra América y a favor de la patria de Monroe. Bajo las más diversas máscaras y disfraces,
un Partido Monroísta opera en todas nuestras naciones al servicio de la
potencia del Norte.
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En lo estratégico, mientras huestes patriotas y milicias liberadoras forjan la soberanía, no
tardan algunos gobernantes en uncir los ejércitos nacionales al Tratado
Interamericano de Asistencia recíproca (TIAR),
a enviarlos como Fuerzas de Intervención contra democracias de países
hermanos, a educarlos en genocidio y
represión interna en la Escuela de las Américas o el Comando Sur, a
usarlos como ejecutores de masacres o de
desplazamientos campesinos, o en algunos casos a combatir bajo las banderas de la metrópoli
en conflictos que sólo interesaban a ésta, como la Guerra de Corea. El Imperio
dispone así de cuerpos armados que defienden sus intereses y no le cuestan un centavo.
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De igual manera, bajo proclamaciones de Independencia y Autonomía, se instala un
Monroísmo Político Interno atento sólo a imponer mediante los Poderes Públicos
Nacionales las directrices del gobierno y el capital extranjeros. Un Monroísmo
Jurídico garantiza que las instrucciones imperiales sean convertidas en leyes
de la República. Infames Tratados contra la Doble Tributación exoneran a los
capitales extranjeros de pagar tributos sobre las ganancias obtenidas en
nuestros países. En Convenios Internacionales y
contratos con empresas extranjeras se contrabandean cláusulas inconstitucionales
que someten la decisión sobre
controversias de interés nacional y de
orden público interno a Cortes, Tribunales o Juntas Arbitrales extranjeras. Por
esa vía ha perdido Venezuela la tercera parte de su territorio, y terminará
perdiéndolo todo, en la medida en que acepte la decisión de órganos foráneos
sobre materias atinentes a la soberanía.
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El Monroísmo Político es herramienta del Económico. Desde las sesiones de la Unión Panamericana en 1899 intenta, mediante la “Unión Aduanera”, o cualquier otro subterfugio, convertir el hemisferio en un área de Libre Comercio para las empresas y mercancías imperiales, exoneradas de todo tipo de impuestos, dentro de la cual los gobiernos locales renunciarán a normativas proteccionistas de sus propias industrias y productos, de su naturaleza y de su fuerza de trabajo. Monroísta es la masiva subasta en baratillo de bienes y servicios públicos a empresas foráneas. Codicia el Imperio nuestras áreas con recursos naturales, turísticos, comunicacionales y estratégicos; no vacilan los monroístas internos en asignárselas mediante concesiones incondicionales. Esta capitulación se impone en dos fases; la primera es conceder el “trato nacional” para las trasnacionales; la segunda es otorgar inconstitucionalmente para los capitales foráneos condiciones más favorables que para los capitales o empresas nacionales en materias tributarias, administrativas, laborales, sociales y ecológicas. e incluso en la obtención de recursos naturales y de fondos aportados por Estados que financian así las condiciones mas atroces de explotación extranjera.
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Gracias a esto el monstruo desarrolla una quinta
cabeza; el Monroísmo financiero. Políticas de restricción monetaria hacen casi
desaparecer el circulante nacional, para forzar su suplantación por el dólar. Como los Estados que
generosamente exoneran a las transnacionales de pagar impuestos se quedan sin
ingresos, costean sus gastos encadenándose a
una Deuda Eterna Impagable con organismos financieros dependientes de la
metrópoli. Ello conduce al Endeudamiento Eterno; éste, a los Paquetes
Económicos con el Fondo Monetario Internacional, y éstos, a la rebelión social,
tras la cual los monroístas se disfrazan para corroer desde adentro el nuevo
poder que surja.
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Las estrategias mencionadas se legitiman e imponen por
la vía pavimentada del Monroismo Cultural. Algunas autoridades imponen en los programas educativos de
Nuestra América patrones del mundo anglosajón, como el método de alfabetización
global, los currículos de Primaria
preceptuados por Rudolph Atkon que excluyen o minimizan el estudio de la
Historia, la Geografía y la formación cívica nacionales, la enseñanza superior
por semestres y trimestres, que dificulta la organización estudiantil, o la reserva
de la Educación Superior para las clases privilegiadas mediante el pago de
tarifas y matrículas preconizada por el Banco Mundial. Algunos países entregan concesiones sobre el espectro radioeléctrico -que
pertenece al público- a monopolios transnacionales que operan como actores
políticos internos. Descuida el Monroismo Cultural ejercer la supervisión y
vigilancia sobre infinidad de fundaciones y entes de todo tipo disimuladamente
financiadas por capitales o agentes foráneos. Algunas de nuestras élites elevan
sus modas a cultos, sus caprichos a dictámenes,
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Ninguno de nuestros próceres, desde Bolívar a San Martín, desde José Martí hasta Chávez, hubiera aceptado ni aplicado políticas monroístas. Ni un solo país ha sido beneficiado por ellas. Cada Imperio trae consigo su monroísmo; la naturaleza de éste no cambia porque sea distinta la metrópoli. Monroe es Monroe, venga de donde viniere. Contra él, donde apareciere.
La sombra de Monroe: el Alca (I)
La propuesta del Área de Libre Comercio de las Américas (Alca) fue lanzada durante la primera Cumbre de las Américas, que se desarrolló en Miami en diciembre de 1994. El plan seguía lineamientos trazados desde la Primera Conferencia Panamericana de 1890 y relanzados mediante la Iniciativa para las Américas: una zona de libre comercio hemisférica, que significaría para la entonces potencia industrial más poderosa el acceso sin trabas a un mercado de más de 800 millones de habitantes.
En la Iniciativa para las Américas el presidente Bush confiesa explícitamente la incidencia de la economía latinoamericana sobre la de Estados Unidos. Los asesores de su política exterior destacan que mantener abiertas las economías hemisféricas es un requerimiento
de primera magnitud de la política exterior estadounidense. Así, el Documento Santa Fe IV afirma que: La economía norteamericana tiene un impacto importante sobre las economías de los Estados latinoamericanos. Pero la economía de América Latina -especialmente sus mayores economías- tiene un impacto creciente sobre Estados Unidos. Para garantizar la prosperidad futura de todo el hemisferio, los mercados nacionales deben mantenerse
relativamente abiertos. Hay que permitir que la tecnología fluya libremente con base en los principios del mercado. No deberíamos restringir indebidamente la inversión (Santa Fe IV).
En su ejecución tesonera e imperturbable de tales políticas, Estados Unidos había suscrito un Tratado de Libre Comercio con Canadá, y luego el Tratado de Libre Comercio de América
del Norte (Tlcan) entre ambos países y México. La ocasión parecía propicia para extender el régimen a todo el hemisferio.
Capitales sin fronteras
Se debe establecer varias precisiones preliminares. El Alca no es un proyecto de integración. Para nada se propone la unificación o federación política, social y cultural de las áreas que intenta cubrir. Su intención es librar de todo obstáculo la circulación de sus capitales y sus mercancías en dicha región. Es similar, tanto en metas como en detalles, a los Acuerdos Multilaterales de Inversión que intentó imponer a escala planetaria la Organización Mundial del Comercio (OMC), y que fueron detenidos por la oleada de oposición también universal que suscitaron. El Alca era una avanzada de dicho proyecto, y simplemente se adheriría a él cuando la OMC lograra imponer sus dictados en el mundo entero.
Ello explica asimismo que el Alca no previera la instauración de un organismo político. Le basta con excluir mediante sus cláusulas del campo de la acción política todo lo relativo a la
circulación de bienes y capitales, la gestión económica y empresarial y la explotación de la naturaleza. Lo político deviene así materia de acuerdos comerciales. El acuerdo prevé una Comisión de Libre Comercio, donde concurrirán los signatarios para controlar la puesta en ejecución del tratado y su ulterior desarrollo y resolver las controversias (Enrique Arceo: “El Alca y su impacto sobre el mercado de trabajo” en De la Garza y Salas: 1993,18). Ello explica también que carezca de organismo jurisdiccional. Le basta con arrancar a los tribunales nacionales el poder de decidir la mayoría de las controversias sobre cuestiones
económicas, para referirlas a dicha comisión, o a la jurisdicción de árbitros internacionales.
El Alca tampoco contemplaba disposiciones relativas a la libre circulación de mano de obra, la coordinación de las políticas macro económicas y la ayuda a los Estados menos desarrollados, omisión particularmente sensible si se considera que las diferencias entre el ingreso per cápita de sus asociados son diez veces más acentuadas que en el Mercosur (Mercado Común del Sur) y quince veces mayores que las que presentan los miembros de la Unión Europea. Mucho menos hay normas de cumplimiento de la legislación laboral, hecho que, según Enrique Arceo, se debe a que los países latinoamericanos temen que su incumplimiento de tales disposiciones pueda ser invocado para justificar represalias comerciales en los términos del tratado (Arceo, 1993, 19).
Integración asimétrica
Las asimetrías en relaciones comerciales tienen antigua data. Ya para el año 1983, de profunda crisis hemisférica, el Sela concluye: “dado que las relaciones de América Latina con Estados Unidos, a pesar de las importantes transformaciones que han sufrido, mantienen un patrón de asimetría básico asociado a los diferentes mecanismos y dinámicas que regulan la interacción entre las distintas economías nacionales, la región debería profundizar el proceso de diversificación de sus vínculos económicos externos como una forma de incrementar su capacidad relativa de negociación” (Sela 1983, 107).
Tratados como el TLC y la propuesta del Alca forman parte de lo que Rita Giacalone identifica como una tendencia manifiesta a sustituir la concertación de acuerdos entre socios desiguales, como la Unión Europea y sus ex colonias, y los acuerdos de cooperación, como la Iniciativa para la Cuenca del Caribe y el Caribbean-Canadian Trade Agreement, por una nueva tendencia a suscribir acuerdos de libre comercio con fuertes asimetrías, centrados en el paradigma de integración “Norte/Sur”. Estos acuerdos presentan rasgos comunes: 1) se celebran entre países desarrollados y países en desarrollo entre los cuales hay una brecha importante en los niveles del PIB; 2) son promovidos por los países desarrollados, quienes eligen los países o grupos que les convienen; 3) se refieren a la liberalización del comercio, pero incluyen apertura para las inversiones, propiedad
intelectual y servicios; 4) se someten a las reglas de la OMC pero las amplían en diversos aspectos; 5) reducen las barreras arancelarias en los países desarrollados para los productos de los países en desarrollo, pero preservan barreras no arancelarias, y 6) sus reglas aseguran el acceso de la tecnología, los productos y las inversiones de los países desarrollados hacia aquellos en vías de desarrollo. (Giacalone, Rita: “Integración Norte/Sur y tratamiento especial y diferenciado en el contexto regional”, Nueva Sociedad julio-agosto
2003, p. 71). El Alca era el perfecto instrumento para enriquecer a los países desarrollados y empobrecer todavía más a los no desarrollados.
LA SOMBRA DE MONROE; EL ALCA (II)
Principios esenciales. Marcelo Colussi sintetiza de manera precisa y real las finalidades del ALCA indicando que con él Estados Unidos busca “liberalizar los mercados continentales creando una zona de reinado absoluto del dólar y de la economía estadounidense para gestionar un enorme bloque bajo su influencia con lo que contrarrestar el fortalecimiento de la eurozona y eventualmente el crecimiento de la República Popular China”. Bajo esta perspectiva, sus temas básicos serían: “1) Servicios: todos los servicios públicos deben abrirse a la inversión privada, 2) Inversiones: los gobiernos se comprometen a otorgar garantías absolutas para la inversión extranjera, 3) Compras del sector público: las compras del Estado se abren a las transnacionales, 4) Acceso a mercados: los gobiernos se comprometen a reducir, llegando a eliminar, los aranceles de protección a la producción nacional, 5) Agricultura: libre importación y eliminación de subsidios a la producción agrícola, 6) Derechos de propiedad intelectual: privatización y monopolio del conocimiento y las tecnologías, 7) Subsidios: compromiso de los gobiernos a la eliminación progresiva de barreras proteccionistas en cualquier ámbito, 8) Política de competencia: desmantelamiento de los monopolios nacionales, 9) Solución de controversias: derecho de las transnacionales de enjuiciar a los países en tribunales internacionales privados (Colussi 2005).
Pues la supuesta libre competencia es un engaño: según los Principios rectores del ALBA, “Y el libre comercio –entendido en estos términos y practicado en condiciones desventajosas- sólo beneficia a los países de mayor grado de industrialización y desarrollo” (Principios rectores del Alba, p.12).
Libre secreto. El ALCA pauta estas políticas en millares de cláusulas en constante reformulación y reinterpretación. Al extremo de que Venezuela debió plantear que “mientras más cortos son los plazos y mientras más son los foros de negociaciones paralelas, son menores las posibilidades de que nuestro gobierno pueda diseñar y ejecutar las políticas y estrategias para responder en forma adecuada (…) Si a esto se agrega el hecho de que la mayor parte de las negociaciones se realizan en secreto o con información pública limitada y retardada, propicia una presión cada vez mayor en un número creciente de nuestros países” (Comisión Presidencial para el ALCA 2003, 39).
Libre inversión. Quien hace la ley hace la trampa: el gran capital hace ambas. En el ALCA el capital transnacional tiene todos los derechos y ninguno de los deberes. Su Capítulo sobre Inversión dispone que los Estados que reciben a los inversionistas extranjeros no podrán imponerles ningún requisito en lo tocante a obligaciones de comprar determinados bienes en el país, exportar un cierto nivel de la producción, incorporarle a ésta un nivel de contenidos nacionales, comprar o usar en forma preferencial bienes o servicios producidos en el territorio o por nacionales, relacionar el volumen de importaciones con el de exportaciones o con el movimiento de divisas del inversionista ni restringir la venta de los bienes y servicios que la inversión produzca en relación con las exportaciones o la generación de divisas. Tampoco se puede obligar al inversionista foráneo a transferir tecnología a los nacionales, suplir a una determinada región del mundo con los bienes que produce, alcanzar determinado valor de la producción, de ventas, empleo o investigación en el territorio, ni contratar un porcentaje de nacionales. Vale decir: la política económica de Estados Unidos exige la desaparición de las políticas económicas latinoamericanas.
Añadamos que los Estados pierden su derecho soberano de legislar sobre Educación, Salud y Seguridad Social. Cualquier gasto público en la materia podría ser prohibido por “proteccionista”.
Libre ventajismo. El capital transnacional que ingresa a un país signatario del ALCA goza de todas las ventajas, privilegios y beneficios acordados al capital criollo. Como extranjero, gracias a los tratados contra la doble tributación no paga impuestos en el país que lo acoge, no está sujeto a sus tribunales y por lo tanto tampoco a sus leyes, está inmunizado contra controles de fuga de capitales por el derecho a la salida “libre y sin demora” de sus activos, aspira a que el Estado lo indemnice por sus pérdidas en caso de guerra, conflicto armado, revolución, estado de emergencia, insurrección, u otras situaciones similares. El capital extranjero tendrá trato nacional para todos los efectos que lo beneficien e inmunidad transnacional contra toda obligación o responsabilidad hacia el país donde obtiene sus beneficios.
Por ello argumenta Jaime Acosta Puertas que “en un escenario de liberalización comercial y financiera, los capitales transnacionales no vendrán a resolver los problemas de inversión que los Estados no han resuelto.” (Acosta Puertas 2003, 106).
Tres elementos desmantelaron temporariamente el plan maestro del Alca: las grandes protestas en su contra motorizadas por los movimientos sociales y dirigidas por la Alianza Social Continental; el fracaso en lograr la integración del Mercosur, y la contrapropuesta venezolana del ALBA para una integración humanista. En la IV Cumbre de las Américas, en Mar del Plata, en noviembre de 2005, los presidentes Lula da Silva, del Brasil, Néstor Kirchner, de Argentina, y Hugo Chávez Frías, liderizaron un grupo que derrotó temporalmente el proyecto de George W. Bush.
Años después, con preocupación, consternación y alarma vemos que las mortíferas propuestas del Alca resucitan, a veces incorporadas como normas internas inconstitucionales, en algunos de los países de Nuestra América.
TEXTO/FOTOS: LUIS BRITTO.ESTE BLOG NO USA COOKIES
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