Luis Britto García
Contra Venezuela adversarios
externos e internos han declarado la Guerra Económica ¿Disponemos de instrumentos jurídicos para combatirla?
-Leamos la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela vigente.
Un grupo de una docena de empresas ha recibido
más de 60.000 millones de dólares preferenciales para importar bienes básicos y
no ha importado nada, ha importado basura o acaparado lo que importó.
-Al respecto pauta el Artículo 113
de la Constitución: “No se permitirán monopolios. Se declaran contrarios a los
principios fundamentales de esta Constitución cualesquier acto, actividad,
conducta o acuerdo de los y las
particulares que tengan por objeto el establecimiento de un monopolio o que conduzcan, por sus efectos
reales e independientemente de la voluntad de aquellos o aquellas, a su
existencia, cualquiera que fuere la forma que adoptare en la realidad. También
es contrario a dichos principios el
abuso de la posición de dominio que un o una particular, un conjunto de
ellos o de ellas, o una empresa o conjunto de empresas, adquiera o haya
adquirido en un determinado mercado de bienes o de servicios, con independencia
de la causa determinante de tal posición de dominio, así como cuando se trate
de una demanda concentrada. En todos los casos antes indicados, el Estado
adoptará las medidas que fueren necesarias para evitar los efectos nocivos y
restrictivos del monopolio, del abuso de la posición de dominio y de las demandas concentradas, teniendo como
finalidad la protección del público consumidor, de los productores y
productoras, y el aseguramiento de condiciones efectivas de competencia en la
economía. (…)
Cifras oficiales afirman que por
las fronteras se escapa en contrabando de extracción el 40% de lo que Venezuela
produce o importa.
-Pues bien, a tal efecto el
artículo 156 de la actual Constitución dispone que es de la competencia del
Poder Nacional: “30. El manejo de la política de fronteras con una visión integral del país, que
permita la presencia de la venezolanidad y el mantenimiento territorial y la
soberanía en esos espacios”.
Los bienes importados o
producidos en el país son escondidos por una rosca de acaparadores para
revenderlos a precios exorbitantes o dejar que se pudran.
-Al respecto dispone la Carta
Magna en vigor en su artículo 114:”El ilícito económico, la especulación, el
acaparamiento, la usura, la cartelización y otros delitos conexos, serán
penados severamente de acuerdo con la ley”.
Productores, importadores, distribuidores, acaparadores
elevan los precios especulativamente, sin tener en cuenta los valores de las
divisas preferenciales otorgadas para adquirirlos ni sus costos de producción, destruyen
la estabilidad monetaria y provocan la inestabilidad monetaria y el malestar de
la ciudadanía.
-A tal efecto la Constitución en vigencia establece, en su artículo
320. °: “El Estado debe promover y defender la estabilidad económica, evitar la
vulnerabilidad de la economía y velar por la estabilidad monetaria y de
precios, para asegurar el bienestar social. El ministerio responsable de las
finanzas y el Banco Central de Venezuela contribuirán a la armonización de la
política fiscal con la política monetaria, facilitando el logro de los
objetivos macroeconómicos.(…)
Ilícitos económicos,
especulación, acaparamiento, usura y cartelización crean una escasez artificial
que dificulta a los venezolanos el acceso incluso a los bienes de primera
necesidad.
-Sobre el particular dispone el artículo
117 de la Ley Fundamental en vigencia: ° Todas las personas tendrán derecho a
disponer de bienes y servicios de calidad, así como a una información adecuada
y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios
que consumen; a la libertad de elección y a un trato equitativo y digno. La ley
establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, las normas
de control de calidad y cantidad de bienes y servicios, los procedimientos de
defensa del público consumidor, el resarcimiento de los daños ocasionados y las
sanciones correspondientes por la violación de estos derechos”.
Leamos la Constitución;
dispongamos formas de perfeccionarla, pero ante todo apliquémosla.
CONSULTE TAMBIÉN:
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Dictadura Mediática en Venezuela:
El Imperio Contracultural: del Rock a la Postmodernidad:
http://lhblog.nuevaradio.org/b2-img/ElImperioContracultural.pdf
La invasión paramilitar: Operación Daktari:
www.minci.gob.ve
Socialismo del Tercer Milenio:
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El pensamiento del Libertador: Economía y
Sociedad:
La máscara del Poder:
La lengua de la Demagogia:
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