LUIS BRITTO GARCÍA
Ideas y educación
No hay nueva
política sin educación nueva. La Independencia resulta de una idea, el
movimiento emancipador sólo triunfará y se afianzará transformando viejos modos
de pensar. Cada vez que los imperiosos trajines de la Guerra de Independencia
se lo permiten, se ocupa Bolívar de consolidar una Educación Republicana. Para
ello, a veces apoya proyectos de pedagogos innovadores, como Joseph Lancaster o
Simón Rodríguez; atribuye en decreto de 21 de junio de 1820 a la República la
competencia para dirigir todos los establecimientos educativos, laicos o
religiosos; reforma en 1826 el Reglamento de la Universidad de Caracas para
modernizar el pensum y facilitar el acceso a los estudios. Incluso llega, en el
Discurso de Angostura de 1817, a
fundar en la Educación uno de los
Poderes del Estado, el Poder Moral, en su concepto base de la Nueva
República.
Un Senado hereditario
Curiosamente, la Educación que en
alguna forma promovería la “igualdad ficticia”, es invocada como argumento que legitimaría la
instauración de un Senado hereditario, cuyos miembros serían electos la primera
vez, y que “como parte del pueblo, participa de sus intereses, de sus
sentimientos y de su espíritu”, por lo cual “no se debe presumir que un Senado
hereditario se desprenda de los intereses populares, ni olvide sus intereses
legislativos”. Bolívar invoca en abono de esta controversial institución,
que sus miembros serían sometidos a una
exigente educación para sus funciones: “Aprenderían las artes, las ciencias y
las letras, que adornan el espíritu de un hombre público; desde su infancia
ellos sabrían a qué carrera la Providencia los destinaba, y desde muy tiernos
elevarían su alma a la dignidad que les espera”. En suma, “saldrían del seno de una educación
ilustrada” (Bolívar 2007, 84).
Moral y luces
La educación del pueblo ha de ser el cometido fundamental
de ese cuerpo legislativo: “La educación popular debe ser el cuidado
primogénito del amor paternal del Congreso. Moral y luces son los polos de una
república; moral y luces son nuestras primeras necesidades”.
Pero otras
disposiciones constituyen a la Cámara de la Moral en policía de las ideas.
Según el artículo 5, “las obras morales
y políticas, los papeles periódicos y cualesquiera otros escritos están sujetos
a su censura, que no será sino posterior a su
publicación. La política no le concierne sino en sus relaciones con la moral.
Su juicio recaerá sobre el aprecio o desprecio que merecen las obras, y se
extenderá a declarar si el autor es buen ciudadano, benemérito de la moral o
enemigo de ella, y como tal, digno o indigno de pertenecer a una
República virtuosa”. Esta inquietante competencia es ampliada en el artículo 6, según el cual “Su jurisdicción abraza no solamente lo
que se escribe sobre moral o concerniente a ella, sino también lo que se
habla, se declama o se canta en público, siempre para censurarlo y castigarlo con penas morales,
jamás para impedirlo” (Bolívar 2009, 152). La censura posterior no
impide la divulgación de los contenidos pero, según el artículo 10, puede
afligir a sus autores con una inhabilitación para las funciones públicas. La
Cámara Moral, por tanto, es órgano calificador o descalificador para el
ejercicio de las funciones públicas, vale decir, de la participación política.
Dicho proyecto “fue considerado por algunos diputados
como la idea más feliz y la más propia a influir en la perfección de las
instituciones sociales. Por otros como una inquisición moral, no menos funesta
ni menos horrible que la religiosa”. El Congreso se limitó a disponer su
publicación como apéndice, “para estudio de los ciudadanos y de los sabios del
mundo” (Mijares, 1969, 347).
Derecho y moral
Así el entusiasmo ilustrado, que
vincula educación y virtud republicana, disuelve confusamente los límites entre
ética y derecho positivo. El matrimonio entre ambos órdenes pocas veces ha sido
afortunado. Casi siempre fue un enlace de interés, en el que lo político
intentaba legitimar sus desafueros con supuestas razones éticas o religiosas. Se
suponía que Dios dictaba un Derecho Divino, del cual la Razón derivaba un
Derecho Natural, que a su vez debía regir el Derecho Positivo. En realidad, el
poder político ejercía la Razón de Estado, a la cual teólogos y juristas
convertían en Derecho Positivo, arbitrariamente legitimado por el Natural y el
Divino. Nicolás Maquiavelo no hizo más que declarar el divorcio de este
matrimonio mal avenido. Una norma jurídica es dictada por la autoridad soberana
legítima para imponer o sancionar conductas bajo la amenaza de una sanción
coercitiva aplicada por los órganos del poder público. Una norma ética o moral
es acogida de manera interna por el individuo y reprueba conductas,
sentimientos o ideas de éste bajo la amenaza de una sanción o reprobación
interior por parte del mismo sujeto. La confusión entre ambos órdenes siempre
ha llevado a sensibles extralimitaciones. El Areópago propuesto por Bolívar vigilaría,
no sólo infracciones a las leyes positivas, sino conductas objetables sólo en
el plano moral, tales como ingratitud, egoísmo, ocio, negligencia, débil
patriotismo, todo lo que “viola el respeto público” y en general las
costumbres. Pero convocar un tribunal de virtuosos puede reunir uno de
hipócritas. Fingir la virtud es más fácil que practicarla.
Dos
siglos después
A dos siglos de distancia, cabe contrastar con la realidad
algunas de las propuestas para la Constitución de Angostura. La presidencia
vitalicia fue descartada, pero la política real impuso luego en la práctica
déspotas vitalicios no sujetos a constituciones ni leyes. Asimismo se desechó
el senado hereditario, pero muchos próceres a través del apoderamiento de la
tierra constituyeron un poder fáctico que sería posteriormente denominado
República Oligárquica, cuyos representantes y descendientes se perpetuaron en
el aprovechamiento del poder económico y político. La Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela de 1999 instaura el Poder Moral como Poder del Estado, pero como institución que
vigila conductas antijurídicas objetivas y no subjetividades morales.
El Poder Moral vive
No nos engañemos tomando como utopía insensata la propuesta del Libertador. El Poder Moral existe, pero no sólo como rama reciente del poder constituido, sino como fuerza informal absoluta y perpetua del poder constituyente, de la opinión social que legitima o deslegitima. Es un poder difuso, pero al igual que la soberanía supremo e irrenunciable. Asiste como invencible fuerza a las autoridades éticas, y descalifica a las que caerán víctimas de su propia corrupción y descrédito, desasistidas del respaldo popular que es la vida de la democracia. Tampoco es un poder invulnerable. Puede ser adormecido por tergiversaciones, engaños, falsedad de los medios, la deliberada calumnia. Su vitalidad se demuestra por el hecho de que puede decaer y regenerarse, pero nunca extinguirse del todo. La educación y el ejemplo son las formas de vitalizarlo. La propuesta del Libertador es desesperado intento de unir Ética y Política, disciplinas no siempre bien avenidas y como sabemos declaradamente divorciadas desde tiempos de Maquiavelo. La educación y la praxis revolucionarias quizá sean los únicos medios de concertarlas.
BOLÍVAR, SIMÓN (2007) Discursos y proclamas. Compilación, prólogo y notas: Rufino Blanco Fombona. Fundación Biblioteca Ayacucho. Caracas.
MIJARES, AUGUSTO (1969) El Libertador. Ministerio de Obras Públicas. Caracas.
TEXTO/FOTOS: LUIS BRITTO.
No hay comentarios:
Publicar un comentario