miércoles, 22 de noviembre de 2017

LEY DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE INVERSIONES EXTRANJERAS, I Y II

Luis Britto García
PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE INVERSIONES EXTRANJERAS (I)
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Celebramos que hace doce años la República Bolivariana de Venezuela obtuvo su más resonante triunfo internacional al derrotar el ALCA, el tratado que intentó impedir  a los países latinoamericanos proteger sus industrias. Pero el ALCA, como  Terminator, cada vez que es derrotado regresa en una forma más terrible. En el más absoluto secreto se prepara para que la sancione la Asamblea Nacional Constituyente una Ley Terminator que, como todas las de su especie, seguramente promoverá y protegerá las inversiones de los extranjeros otorgándoles más derechos que a los desprotegidos venezolanos.
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Si la Ley Terminator fuera tan buena, deberíamos conocerla todos los compatriotas, para apoyarla y aclamarla. Sucede lo contrario: los únicos que no la conocemos somos los venezolanos. Mientras se le da la debída publicidad, podemos señalar que todos los proyectos conocidos de Ley de Promoción y Protección de Inversiones Extranjeras, sin excepción, contemplan el otorgamiento discrecional de las siguientes ventajas para las empresas transnacionales: Exenciones arancelarias, desgravámenes impositivos, bonificaciones de impuestos  e inmunidad contra las reformas de leyes tributarias. También, condiciones más ventajosas que para los nacionales en materia de créditos, subsidios,  disposición de materias o insumos administrados por la República, y compra por ésta de la producción transnacional. En fin, cualquier otra ventaja que se decida acordarles por su condición de extranjeras.
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Entre estas ventajas que todas las leyes de Promoción y Protección de Inversiones Extranjeras conceden a los fuereños, resalta la inmunidad contra las reformas tributarias. Todas estas normas pautan que el Estado podrá subir los impuestos a los desprotegidos nacionales, pero no a las transnacionales. Normas en el mismo sentido aparecían en la infame Ley Orgánica de la Hacienda Estatal, que además permitía privatizar ríos, lagos y lagunas, y que fue vetada por Hugo Chávez Frías. 
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Esperamos que el secreto Proyecto de Ley Terminator no incluya ningunas disposición como las mencionadas. Si así fuera,  transnacionales guapas y apoyadas por el Estado barrerían en breve plazo toda producción nacional, sin tener siquiera que pagarnos los correspondientes impuestos.
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Recordemos que, por el contrario, en las Ideas fundamentales para la Constitución Bolivariana de la V República, dirigidas por el Comandante Hugo Chávez Frías a la Soberanísima Asamblea Nacional Constituyente en septiembre de 1999, el Presidente proponía: “La República se reserva el derecho de defender las actividades económicas de su empresa nacional”. Rememoremos que, en consonancia con ello, el artículo 301 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela estatuye que “el Estado se reserva el uso de la política comercial para defender las actividades económicas de las empresas nacionales públicas y privadas. No se podrá otorgar a personas, empresas u organismos extranjeros regímenes más beneficiosos que los establecidos para los nacionales”. La inmensa mayoría de los venezolanos aprobamos dichas normas en referendo. En virtud de este soberano espíritu nacional y nacionalista nos retiramos del ALCA, del CIADI, de la OEA, de todos los organismos que subordinaban a Venezuela a los intereses de los extranjeros. No quiero creer que mediante una Ley Terminator se proyecte entregar la soberanía y reconvertirnos en sus esclavos. 

LEY DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE INVERSIONES EXTRANJERAS (II)
    En el más absoluto secreto un lobby neoliberal prepara dentro de la soberana Asamblea Nacional Constituyente una Ley Terminator de Promoción y Protección de Inversiones, o de Inversión Extranjera Directa, para otorgar a empresas y particulares de otros países mayores privilegios que a los venezolanos y por tanto arruinarnos a los nacionales.
   El riguroso sigilo que esconde la fabricación de tal arma de destrucción masiva de lo nacional impide que los venezolanos conozcamos los detalles de la norma que padeceremos.
    Sin embargo, fundándonos en el contenido de todas las Leyes de Promoción y Protección de Inversión Extranjera que en el mundo han sido, podemos deducir que contendrá, además de las disposiciones indicadas en nuestro artículo anterior,  otras más que atentan contra la soberanía, la suprema potestad sin la cual no existe República.  
    Decía el gran escritor mexicano Paco Ignacio Taibo II que no hay que prestar la conciencia ni las posaderas, porque no las devuelven en buen estado. Lo mismo ocurre con la soberanía. Todas las leyes de Promoción y Protección de Inversiones Extranjeras entregan la soberanía con la esperanza de atraer divisas, con el resultado de que es el país víctima quien tiene que financiar a los supuestos inversionistas foráneos.
    En efecto, toda Ley de Promoción y Protección de Inversiones Extranjeras le confiere a éstas privilegios en lo relativo a la concesión y adquisición de divisas, lo cual, además de  contradictorio, pues se admiten tales inversiones para que aporten divisas y no para que las exijan,   tiende por otra parte a crear dos categorías discriminatorias: la de empresas y personas extranjeras, privilegiadas con divisas, y la de los nacionales, privados discriminatoriamente de ellas.
    Usualmente las leyes de Promoción y Protección de Inversiones también declaran la materia que rigen como de interés público. Tal calificativo en realidad significa que no se puede acordar por contrato dejar de cumplir con las normas nacionales que rijan en el área. Pero justamente la finalidad de toda disposición de Promoción y Protección de Inversiones es dejar sin efectos dichas normas de orden público, como las relativas a los impuestos, o las que obligan a someter las controversias a las leyes y tribunales venezolanos. El interés público se declara para proteger los derechos colectivos de los ciudadanos; y no se lo puede abrogar ni por Ley ni por contrato sin  irreparable detrimento de la soberanía y de la independencia de Venezuela.
   En su afán de arrebatarle a los países soberanos la inmunidad de jurisdicción, es decir, el derecho de resolver las controversias en materia de interés público con sus propias leyes y tribunales, todas las Leyes de Promoción y Protección de Inversión usualmente  declaran que pueden decidir tales pleitos el Banco Mundial, la OEA y el CIADI, u otros organismos integradores. Estos mecanismos de integración pudieran estar y de hecho a veces están bajo dominación de intereses hostiles a Venezuela, como por ejemplo ocurre con el Mercosur en la actualidad, y sus  cortes o juntas arbitrales  intentarían decidir sobre el interés público de Venezuela lesionando nuestra inmunidad de jurisdicción, sin la cual no existe la  soberanía.
     Toda Ley de Protección y Promoción de Inversiones Extranjeras reserva para entes foráneos sectores estratégicos, como los recursos naturales o la minería, que en principio están reservados para el Estado por su interés nacional. De esta manera excluye discriminatoriamente de tales campos la inversión de empresas y ciudadanos nacionales, y a veces hasta la del mismo Estado.
   Toda Ley de Promoción y Protección de Inversiones Extranjeras permite a estas últimas autovalorar sus propias inversiones con los métodos que ellas mismas elijan, con lo cual pueden eludir o disminuir los impuestos sobre el patrimonio, o incrementar desmesuradamente las indemnizaciones por expropiación.
    Toda Ley de Promoción y Protección de Inversiones Extranjeras habilita al gobierno para conceder a favor de ellas desgravámenes o exoneraciones de impuestos que pueden ser ruinosas para el país. Juan Vicente Gómez exoneró a las empresas petroleras de pagar derechos de aduana, y su ministro Gumersindo Tórres demostró que el monto que éstas dejaron de cancelar por tal rubro fue mayor que lo que efectivamente tributaron por llevarse el petróleo, y que hubiera sido preferible regalárselo y cobrarles los simples aranceles de aduana. 
    Tantos privilegios concedidos a las empresas extranjeras incitarán a muchas firmas nacionales a tratar de parecer extranjeras o a entregarse a los capitales foráneos, con lo cual, en lugar de favorecer a la economía nacional, se la hará cada vez más dependiente.
     No creo que haya constituyentes ni venezolanos que puedan aprobar una Ley que lesiona irreparablemente la soberanía, que tanto defendió Hugo Chávez Frías, y acuerda a los extranjeros privilegios, prerrogativas y  ventajas que nos niega a los venezolanos. Ciertamente, la inversión extranjera podría ser necesaria en algunas áreas.  Pero no me cansaré de repetir que necesitamos socios, y no amos.

NOTA: ESTE TRABAJO APARECE UNA VEZ MÁS SIN IMÁGENES DEBIDO A LAS YA CRÓNICAS DEFICIENCIAS DE LA INTERNET DE CANTV. POR OTRA PARTE, ESTUVE CASI UNA SEMANA SIN TELÉFONO POR FALLA DEL SERVICIO DE DICHA COMPAÑÍA. ESPEREMOS QUE ALGÚN DÍA LOS COMUNICADORES PODAMOS COMUNICARNOS REGULARMENTE.

PRESENTADOS  TRES LIBROS DE LUIS BRITTO GARCÍA
EN LA FILVEN 2017
los siguientes libros de Luis Britto García han sido presentados en el marco de la FILVEN 2017:
ECOLOGÍA Y DEFENSA: UN ENFOQUE DESDE LA CÁTEDRA ECOLÓGICA “VÍAS PARA LA VIDA”, de Luis Britto García. Presentadora: Diana Miguel Moreno.  Editorial Hormiguero.
EL VERDADERO VENEZOLANO: MAPA DE LA IDENTIDAD NACIONAL, de Luis Britto García. Presentadores: Mario Sanoja Obediente y Freddy Ñáñez. Editorial Monte Ávila Editores y Fundarte.
MARAÑA, libro de relatos de Luis Britto García. Presentadores: Vladimir Acosta y Maryann Hanson. Editorial El Perro y la Rana.
PD: Me otorgaron el Premio Nacional de Cultura en Humanidades, que se suma al anterior Premio Nacional del Literatura. Se agradece.

INAUGURAMOS PÁGINA WEB:
COMO MUCHOS DE MIS LIBROS ESTÁN AGOTADOS, CON LA INVALORABLE COLABORACIÓN DE RAFAEL PIRE CORDERO INAUGURAMOS LA  PÁGINA WEB
DONDE EL LECTOR ENCONTRARÁ LOS SIGUIENTES TÍTULOS: 
TODO EL MUNDO ES VENEZUELA/ LA CIENCIA, FUNDAMENTOS Y MÉTODO / CONCIENCIA DE AMÉRICA LATINA/ RAJATABLA/ AMÉRICA NUESTRA, INTEGRACIÓN Y REVOLUCIÓN, TOMOS  I Y 2./ DEMONIOS DEL MAR: PIRATAS Y CORSARIOS EN VENEZUELA, 1528-1727 / DICTADURA MEDIÁTICA EN VENEZUELA / LA MÁSCARA DEL PODER: DEL GENDARME NECESARIO AL DEMÓCRATA NECESARIO / LA MÁSCARA DEL PODER: DE LA CONCERTACIÓN POPULISTA A LA EXPLOSIÓN SOCIAL/ EL IMPERIO CONTRACULTURAL: DEL ROCK A LA POSTMODERNIDAD

DESCARGUE OTROS LIBROS DE LUIS BRITTO EN INTERNET:

Dictadura Mediática en Venezuela:
El Imperio Contracultural: del Rock a la Postmodernidad:
http://lhblog.nuevaradio.org/b2-img/ElImperioContracultural.pdf
La invasión paramilitar: Operación Daktari:
www.minci.gob.ve
Socialismo del Tercer Milenio:
tercer-milenio.pdf
La Ciencia: Fundamentos y Método:
http://editorialubv.files.wordpress.com/2013/05/libro-la-
ciencia-fundamentos-y-mc3a9todo.pdf
El pensamiento del Libertador: Economía y Sociedad:
La máscara del Poder:
La lengua de la Demagogia:






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