lunes, 2 de octubre de 2017

CONSTITUYENTE Y DERECHOS HUMANOS

Luis Britto García

Señaló Mark Twain que el Diablo puede citar la Biblia. Las potencias hegemónicas también utilizan en forma falaz el noble recurso  de los Derechos Humanos para atacar a los gobiernos progresistas. Hay que excluir de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela los textos que  posibiliten tales ataques. Por ejemplo:

Artículo 19. El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen.

OBSERVACIÓN: El artículo precedente pareciera elevar al rango constitucional “los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República”, sin que  se cumplan los requisitos indispensables para darles tal rango. Por otra parte, toda una tendencia jurídica relativa a los Derechos Humanos tiende a dar la mayor relevancia dentro de éstos a la propiedad, y a sostener que ella es un derecho supremo que puede y debe ser protegido por tribunales internacionales y nacionales. Cualquier presunta violación del derecho de propiedad, o de otro derecho humano, podría así dar lugar a un fallo que destituyera al Presidente de la República o a otro mandatario por supuesta violación de derechos humanos.

SUGERENCIA DE REFORMA: Artículo 19. El Estado garantizará a las personas y colectividades, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con lo dispuesto  en los tratados internacionales que sean ratificados por la República, salvo en los casos en que ello pudiera menoscabar su soberanía, inmunidad de jurisdicción y autonomía para resolver los asuntos internos.

Artículo 22. La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos.

OBSERVACIÓN: Se debe definir en forma estricta la fuente que se reconocerá como válida de estos Derechos Humanos que “no figuren expresamente” en la Constitución ni en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos. No se puede admitir vaguedad en cuanto a la generación de las normas que rigen la materia de los Derechos Humanos, llevada  al extremo con la afirmación de que “la falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos”. Pero la ley expresa y vigente es la fuente de la competencia de los poderes públicos. Cualquier ente, organización o persona podría alegar supuestas categorías de estos derechos que “no figuren expresamente” en la Constitución ni en las leyes ni en los tratados, y alegarlos para deponer autoridades.
SUGERENCIA DE REFORMA: Artículo 22. Los derechos y garantías de los ciudadanos son los reconocidos en esta Constitución, en las leyes que la desarrollan y en los tratados internacionales que se ratifiquen de acuerdo con ella.

Luis Britto García

PD: UNA VEZ MÁS, EL INCONCEBIBLE RETARDO EN LA INTERNET DE CANTV NOS IMPIDE ILUSTRAR AMBOS TEXTOS CON NUESTRAS IMÁGENES.


ANTE LA AMENAZA

-Radicalicemos la revolución bajo ataque con ataques revolucionarios en todos los frentes.

-Consideremos las amenazas de agresión militar como agresiones de hecho; contestémoslas  con  iniciativas integrales de defensa popular.

-Emplacemos a las organizaciones internacionales para que respeten y hagan respetar sus estatutos constitutivos, que reconocen a los Estados miembros  soberanía, autodeterminación y no injerencia en asuntos internos.

-Instemos a las potencias hegemónicas a retirar sus bases militares de otros países, y a los pueblos y gobiernos de éstos  a oponerse a la ocupación de sus territorios.

-Denunciemos los tratados internacionales que someten la decisión de controversias sobre asuntos de interés público interno a leyes o tribunales extranjeros.

-Reciproquemos  sanciones de cualquier género con sanciones idénticas contra los intereses de los agresores en nuestro territorio.

-Condenemos y neutralicemos la práctica de financiar, promover y activar agentes de influencia, medios de comunicación y organizaciones violentas de índole paramilitar o cualquiera otra, para interferir en los asuntos internos de nuestros países.

-Dotemos a los gobiernos víctimas de guerra económica de plenos poderes para manejar la importación, producción y distribución de los bienes básicos, y para la confiscación masiva de los patrimonios que operen contra los intereses colectivos o estén incursos en delitos económicos o financieros.

-Apliquemos estrictos controles fronterizos para cortar el contrabando de extracción e introducción, así como la infiltración de paramilitares y explotadores ilegales de recursos naturales.

-Elevemos a rango constitucional el principio de Territorialidad de la Renta, en virtud del cual los  enriquecimientos obtenidos en un país deben ser sometidos a tributación en el territorio donde se producen, y no exceptuados del pago de impuestos con la idea de que empresas y ciudadanos extranjeros los  cancelarán a sus países de origen.

-Sancionemos leyes antimonopólicas contra la concentración de capitales en la industria de las comunicaciones, y reivindiquemos el dominio sobre el espacio radioeléctrico de los pueblos y los gobiernos que los representan.

-Creemos e incrementemos redes alternativas de información que contrarresten las falsedades propaladas por los  monopolios de la información y sus agentes internos.

-Aceleremos la conversión de nuestros sistemas informáticos a software libre, para defendernos contra el espionaje, la incomunicación o la circulación de mensajes falsos en nuestras redes internas.

-Sancionemos normas penales que tipifiquen en forma precisa los delitos de terrorismo, traición a la patria, subversión, tráfico con bienes subsidiados, acaparamiento y daños al patrimonio público.

-Condenemos las iniciativas imperiales de incentivar e intensificar  diferencias internas sociales, religiosas, regionales, étnicas o de cualquier índole  en nuestros países a fin de provocar y legitimar guerras civiles y secesiones.

-Preparemos activamente e incorporemos a toda la población a la defensa territorial, social, económica, cultural, comunicacional y estratégica y  a la guerra prolongada de resistencia.

-Estrechemos  vínculos establecidos con la región latinoamericana y caribeña y con los países no alineados y llamemos a todos los pueblos del mundo a la solidaridad social, económica, cultural, comunicacional y estratégica con Venezuela.



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COMO MUCHOS DE MIS LIBROS ESTÁN AGOTADOS, CON LA INVALORABLE COLABORACIÓN DE RAFAEL PIRE CORDERO INAUGURAMOS LA  PÁGINA WEB
DONDE EL LECTOR ENCONTRARÁ LOS SIGUIENTES TÍTULOS: 
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DESCARGUE OTROS LIBROS DE LUIS BRITTO EN INTERNET:

Dictadura Mediática en Venezuela:
El Imperio Contracultural: del Rock a la Postmodernidad:
http://lhblog.nuevaradio.org/b2-img/ElImperioContracultural.pdf
La invasión paramilitar: Operación Daktari:
www.minci.gob.ve
Socialismo del Tercer Milenio:
tercer-milenio.pdf
La Ciencia: Fundamentos y Método:
http://editorialubv.files.wordpress.com/2013/05/libro-la-
ciencia-fundamentos-y-mc3a9todo.pdf
El pensamiento del Libertador: Economía y Sociedad:
La máscara del Poder:
La lengua de la Demagogia:


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