domingo, 4 de noviembre de 2018
sábado, 3 de noviembre de 2018
AQUARELA DO B RAZIL
Luis Britto García
¿Qué se podrá decir desde lejos que no sea
impreciso o aproximativo sobre Brasil, ese universo de nueve millones de
kilómetros cuadrados y 208 millones de habitantes?
Vota Brasil por un enano que se llama a sí
mismo “Mesías”, y a quien apoda “gigante” el asesor estadounidense Steve
Bannon. Durante más de un siglo las consignas megalomaníacas han sido el único
consuelo que ofrecen las clases dominantes a los quebrantados brasileños: Brazil o Melhor do Mundo, Brazil o mais
Grande do mundo, Brazil o Gigante do Sul. Bolsonaro o Gigante.
Sufraga 54% de los votantes brasileños por un
candidato sin trayectoria, obra ni
programa, cabecilla del insignificante Partido Social Liberal, quien por estar
herido por un agresor no convocó marchas ni
actos masivos ni debatió con sus contendores pero domina a un electorado
con 120 millones de suscriptores en WhatsApp y 125 millones en Facebook, clasificado
por Big Data y neuromarketing, engañado con
fake news y promesas
personalizadas y contradictorias, que ya no decide controversias políticas en
la calle sino en las plataformas 2.0.
Los brasileños, en un 64,6% católicos,
adeptos de una cultura de la tolerancia y la transacción que predican telenovelas como Cambalache, Roque Santeiro, Mandrake y O Negocio, votan por un fanático que dice representar un 22,2% de
brasileños evangélicos, y que fulmina intolerancias contra morenos, pobres,
mujeres y progresistas, mayorías en
Brasil.
Sufragan los brasileños buscando solución
para tres males, la crisis económica, la violencia y la corrupción, cuyo orden
de prelación logran invertir asesores como Bannon y monopolios mediáticos como la Rede Globo, que
pone y depone presidentes como Color de Mello.
Votan los brasileños
consternados por la violencia eligiendo a un candidato que ofrece combatirla
con más violencia. Seguramente los medios inflaron la tasa de homicidios brasileña
de 33,3 por cien mil habitantes, similar a la de Venezuela en 2009, cuando una
encuesta de “percepción” del INE “demostró” que 23.000 homicidios habrían
causado 19.000 defunciones (¿?) y nos adjudicó un imposible 74,08 por cien mil
habitantes. Ante el mensaje estúpido de la postverdad, la mente
sauriana responde con pánico.
Los brasileños votan
contra la crisis económica restándole su apoyo a un partido que llevó al país a
ser la sexta economía del mundo, incrementó en su mejor momento hasta 7% anual
el PIB, aumentó en 54% el salario mínimo, disminuyó el índice de GINI de desigualdad a 0,522, redujo el desempleo a 4,5% y sacó a unos 50
millones de la pobreza. Parece que buena parte de estos recién ingresados en la
clase media creyó que votando contra sus
benefactores podría volverse oligarca.
Brasil vota contra la corrupción y por los
ricos, sin tener en cuenta que según Honorato de Balzac en el origen de toda
fortuna hay un crimen. Con la posible colaboración de agencias de seguridad de
Estados Unidos que buscan atraer los capitales fugitivos hacia paraísos fiscales yankis, se divulgan los Panama Papers, que revelan vínculos
entre trasnacionales y políticos latinoamericanos. Siguen procesos donde la única
prueba que se alega contra Lula es la sospechosa confesión de un delincuente
que la cambia por rebaja de pena, y Dilma es depuesta por malversación de
fondos, vale decir, por destinar rubros de una partida presupuestaria a otra,
sin guardarse un centavo. No sabemos si las acusaciones son o no legítimas, pero
55% de quienes votaron creyeron en ellas. Las izquierdas, como la
mujer del César, no sólo deben ser honestas, sino también parecerlo. Campaña de
calumnias no desmentida por
transparencia y estilo de vida de los acusados hace más daño que
bombardeo humanitario. No sólo a las izquierdas, que pierden el gobierno, sino
al pueblo, que soportará el de las derechas.
Quizá muchos brasileños
retiran su apoyo a un PT que en trece años de gobierno no realiza una Reforma Agraria ni revierte las
escandalosas privatizaciones de Fernando Henrique Cardoso; a un Lula que
permitió que 45% de las acciones de Petrobras fueran vendidas en la bolsa de
Nueva York, a una Dilma que en 2016 otorga 150 mil millones de reales para 20
mil magnates del agronegocio y sólo 20 mil millones de reales para los cuatro
millones de familias de pequeños agricultores; que incurre en fatales alianzas
con la centroderecha y que como resultado de ellas nombra vicepresidente a un
tal Temer. Saint Just sentencia: “Quien hace una Revolución a medias cava su
propia sepultura”.
El brasileño con su voto
subordina a Brasil a Estados Unidos, quien es de hecho su peor enemigo por su
política de proteccionismo económico interno y de aniquilación de posibles
competidores externos. Mediante agresiones abiertas y tenaz diplomacia Brasil ha crecido
desmesuradamente a costa de sus vecinos. Estados Unidos tratará de aniquilarlo
impulsándolo a inútiles guerras contra estos, como empujó a Sadam Hussein a
desgastarse contra Irán.
No hay lapso más corto
que la luna de miel de un neoliberal ¿Cuánto
tardarán en tomar la calle los 47.040.906 brasileños que votaron por Haddad?
¿Cuánto tardarán en seguirlos los 57.797.847 que votaron por Bolsonaro en
cuanto éste imponga el invariable paquete de la derecha: flexibilidad laboral, baja
o congelación de salarios, despidos masivos, desregulación de precios,
alquileres e intereses, fin de la educación y la atención a la salud gratuitas,
privatización de empresas y recursos naturales, criminalización de la protesta…?
Cuando los progresistas ganan, las derechas
no pierden nada, salvo uno que otro buen negocio: cuando las derechas ganan,
los progresistas pierden todo, desde la libertad hasta la vida. A menos que
aprendan de la Historia.
PPD: Ya está publicado en la página web http://www.desdelpatio.org/britto mi título número 86, PARA REPOTENCIAR NUESTRA
CONSTITUCIÓN, sobre los deberes de la Constituyente. A consultarlo
todos.
Consulte también: http://luisbrittogarcia.blogspot.com
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Cómo
Venezuela ganó la Guerra de Cuarta Generación en el siglo XX
DIRECCIÓN: Román Chalbaud GUIÓN: Luis Britto García
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El pensamiento del
Libertador: Economía y Sociedad:
La máscara del Poder:
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Demagogia:
La paz con Colombia:
domingo, 28 de octubre de 2018
¿VENEZUELA INMUNODEFICIENTE?
Luis Britto García
Por fin se hace público un borrador del Proyecto
para la nueva Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela.
Contiene algunas normas excelentes, que coinciden
con señalamientos previos nuestros. Así, el artículo 340 del Proyecto reserva
para el Estado “la
actividad de exploración y explotación de los hidrocarburos líquidos, sólidos y
gaseosos y en general de todos los recursos naturales”, y no se limita a
confiarle sólo los hidrocarburos “líquidos”, como tendenciosamente lo hace la
actual. El artículo 343 del Proyecto prevé que la República debe conservar la
mayoría accionaria, no sólo en PDVSA,
sino también en sus empresas mixtas. Su artículo 116 propone severas penas para “la especulación, el acaparamiento,
la usura, la cartelización, el contrabando, el contrabando de extracción,
el boicot y otros delitos conexos”.{
Sin embargo, ya en su artículo 1 el Proyecto
de Constitución incurre en grave omisión al proponer sólo: “Son condiciones
irrevocables e irrenunciables de la nación venezolana, la libertad, la soberanía, la independencia, la
integridad territorial, la autodeterminación nacional y la doctrina de
Simón Bolívar, el Libertador, como fundamento de su patrimonio moral y sus
principios de libertad, igualdad, justicia y paz internacional”.
Con ello omite el Principio Fundamental de Inmunidad,
que la Constitución vigente consagra así: “Son derechos irrenunciables de la
Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación
nacional” (cursivas nuestras).
¿Qué significa esta “inmunidad” que se erradica
de los Principios Fundamentales del Proyecto en curso? La “inmunidad de jurisdicción”
es el derecho y el deber de Venezuela de
resolver todas las controversias sobre la aplicación de sus leyes de acuerdo
con éstas y con sus propios tribunales, y de no estar por tanto sometida a
tribunales, cortes o árbitros extranjeros.
Omitirlo es omitir la soberanía.
El proyecto actual cita adecuadamente entre
sus bases “la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador, como fundamento de su
patrimonio moral y sus principios de libertad, igualdad, justicia y paz
internacional”.
Pues bien, fue el propio Simón José Antonio
de la Santísima Trinidad Bolívar Palacios y Blanco quien en 1817 dejó sentado
de una vez y para siempre el principio de inmunidad de jurisdicción de
Venezuela, con motivo de la confiscación de dos goletas estadounidenses que
traían contrabando de armas para los realistas. El enviado de Estados Unidos,
Baptiste Irvine, sostuvo que el caso debía ser juzgado por tribunales de su
país. El Libertador contestó en forma categórica y definitiva que correspondía
a los tribunales de Venezuela ejercer la soberanía en el caso,
Abandonar el principio es abandonar al
héroe que nos lo conquistó.
Desde entonces, cada vez que algún interés
se siente lesionado por decisiones soberanas de Venezuela pretende hacerla
juzgar por tribunales extranjeros, y cada vez que éstos la han juzgado ha sido
condenada.
Por no hacer una historia interminable,
entre 1902 y 1903 fuimos bloqueados, bombardeados, invadidos y saqueados por
quince acorazados ingleses, alemanes e italianos en cobro de supuestas deudas a
empresas de esos países que no reconocían nuestro sistema de justicia.
Para
evitar que Venezuela fuera arrastrada ante cortes extranjeras Hugo Chávez Frías,
con el consenso de todos los poderes, nos retiró del Centro Internacional de Arreglo de las
Diferencias sobre Inversiones y de la Corte Interamericana de los Derechos
Humanos, y Delcy Rodríguez nos liberó de la OEA.
Pero
la Ley de Promoción y Protección de
Inversiones Extranjeras dispone que las sentencias de nuestro Tribunal
Supremo de Justicia pueden ser corregidas por órganos jurisdiccionales
foráneos. Y el artículo 156 del Proyecto de Constitución dispone:
Artículo
156. En los contratos de interés del poder popular, si no fuere improcedente de acuerdo con la naturaleza de
los mismos, se
considerará incorporada, aun cuando no estuviere expresa, una cláusula
según la cual las dudas y controversias que puedan suscitarse sobre dichos
contratos y que no llegaren a ser resueltas amigablemente por las partes
contratantes, serán decididas por los tribunales competentes de la República
Bolivariana de Venezuela, de conformidad con sus leyes, sin que por ningún
motivo ni causa puedan dar origen a reclamaciones extranjeras.
Las excepciones a la regla deben ser
explícitas, pues si no, se convierten en regla nueva. Ningún texto explica ni
especifica cuándo los contratos deben ser excluidos de la inmunidad de
jurisdicción de Venezuela porque ello fuere “improcedente de acuerdo con la
naturaleza de los mismos”. Improcedente es esta excepción difusa,
confusa y acomodaticia que debe ser eliminada antes de que elimine la soberanía
venezolana.
Además, el artículo 32 del Proyecto de Constitución
somete a tribunales extranjeros las supuestas violaciones de Derechos Humanos
cometidas en Venezuela. Y ya se sabe que para esos órganos internacionales el
principal (a veces único) Derecho Humano
es la propiedad, preferiblemente la de las grandes empresas. Todos los litigios
por supuestos menoscabos de intereses económicos podrían así terminar en
instancias internacionales, como concluyó ante la OEA, por ejemplo, el de la no
prolongación de la concesión para RCTV.
Lo repetimos para quienes parecen no querer
entenderlo: si damos a los tribunales extranjeros competencia para decidir
cuestiones de orden público e interés nacional interno, a capricho invalidarán
las sentencias de nuestros tribunales; declararán sin efectos nuestras leyes y
nulos nuestros actos de gobierno. Retrocederemos a la condición de colonia que
sufríamos antes del 19 de abril de 1810.
¿Necesitamos semejante inmolación de la soberanía con la
esperanza de que nos salven los mismos capitales que nos destruyen con la Guerra Económica? Por el contrario, para el 12 de
octubre de 2018, el petróleo venezolano repunta
a $75,08 el barril. Incluso suponiendo que nuestra producción petrolera
haya descendido a millón y medio de barriles diarios, ello todavía significa un
ingreso anual de unos $41.062.500.000, más que suficientes para adquirir los
insumos necesarios para elevar la producción, cumplir con los compromisos
financieros y atender a las necesidades básicas del pueblo.
Para que nuestro país siga siendo soberano,
es indispensable que en la futura Constitución sea preservada la Inmunidad
de Jurisdicción, y por consiguiente, queden sin efectos cuantos artículos, disposiciones o
pactos intenten subordinar bajo
tribunales, cortes o juntas extranjeras a la República Bolivariana de
Venezuela.
PD: Pronto
será publicado en la página web www.desdelpatio.com mi título número 86, PARA REPOTENCIAR NUESTRA
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domingo, 14 de octubre de 2018
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Un país nace de pleno derecho al darse una Constitución y muere de hecho al admitir que sean destruidos sus Principios Fundamentales.
Un texto constitucional puede alumbrar soberanías o abortar colonias.
Dispone el artículo 1 de los Principios Fundamentales de la Constitución vigente: “La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador. Son derechos irrenunciables de
Renunciar a cualquiera de estos derechos fundamentales es entregarlo todo.
Decía Juan Jacobo Rousseau que nadie puede consentir en ser esclavo, pues la locura no crea derechos.
Tampoco puede una República renunciar a darse sus propias leyes, a ejecutarlas con sus propias autoridades y a resolver con sus propios tribunales las controversias que dicha ejecución suscite, pues al ceder cualquiera de dichos atributos de la soberanía se convierte automáticamente en colonia.
Por lo mismo que nadie puede voluntariamente dejar de ser libre, menos puede un país renunciar a la inmunidad: al derecho de resolver las controversias sobre sus cuestiones de interés público con sus propios tribunales, sin que sus sentencias puedan ser anuladas o enmendadas por cortes, árbitros o jueces extranjeros.
El artículo 2 de la Carta Magna consagra “como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”.
No puede la Constituyente violar el doblemente consagrado principio de igualdad otorgando mayores derechos a un sector de los venezolanos que a otro por razones de cultura, raza, etnia, ascendencia o creencias, y mucho menos confiriéndole mayores derechos que a los venezolanos a personas o empresas extranjeras.
Así como es irrenunciable para la Nación la autodeterminación nacional, lo es para el ciudadano la lealtad única, exclusiva y excluyente hacia Venezuela. Nadie puede servir a dos patronos, ni puede subsistir una República cuyos ciudadanos deban lealtad hacia otro u otros Estados diferentes, posiblemente antagónicos.
Quien pisotea principios prepara su fin.
**************************************************
EL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
INVITA
A LA CONFERENCIA
EL VERDADERO
VENEZOLANO
Las necesidades, creencias, valores,
motivaciones, actitudes y conductas de venezolanas y venezolanos
Ponente:
LUIS BRITTO
GARCÍA
Narrador, historiador,
ensayista, dramaturgo
MARTES 16 DE OCTUBRE 2018
9 AM A 1 PM
AVENIDA UNIVERSIDAD, ESQUINA DE TRAPOSOS
AL LADO DE LA CASA NATAL DEL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
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